La Entidad Estatal de Seguros Agrarios (ENESA) es un organismo público español, adscrito al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, al que le corresponde coordinar y actuar como enlace por parte de la Administración para las actividades vinculadas a los seguros agrarios, realizando los estudios necesarios sobre cobertura de riesgos y su ampliación, así como aquellos a asegurar en cada plan anual y cuantas funciones le encomiende la Administración en cumplimiento de los preceptos de la Ley y de su Reglamento.

Historia La historia de este organismo autónomo comienza con la aprobación de la Ley 87/1978, de 28 de diciembre, de Seguros Agrarios Combinados. Esta ley establecía un mandato al Gobierno de la Nación para crear una agencia encargada de velar por el cumplimiento de la ley y con la participación no solo de las Administraciones Públicas, sino también de las Organizaciones y Asociaciones de agricultores y ganaderos. Con esta habilitación, el Consejo de Ministros, en su reunión del 11 de octubre de 1979, aprobó su creación efectiva, que entró en vigor el 12 de diciembre de 1979.

Gobierno de la agencia El gobierno de la ENESA está compuesto por tres órganos:

La Presidencia. La presidencia de ENESA corresponde al titular de la Subsecretaría de Agricultura, Pesca y Alimentación, quien ejerce la superior jefatura y representación del organismo. El Consejo Rector. Es el órgano colegiado de gobierno del Organismo y se compone del subsecretario, que ejerce la vicepresidencia, el director del Organismo, que ejerce la vicepresidencia y tres vocales nombrados por el subsecretario, todos ellos funcionarios del Ministerio de Agricultura. La Dirección. El Director, con rango de subdirector general, es el órgano ejecutivo unipersonal de la ENESA y sustituye al presidente en casos de ausencia, vacante o enfermedad. Dependientes directamente del Director, existen los siguientes servicios: El Servicio de Gestión y Promoción, responsable del control, extensión y aplicación de los planes de seguros, el fomento y divulgación de los Seguros Agrarios, la colaboración con las Organizaciones y Asociaciones de Agricultores y Ganaderos, las Cámaras Agrarias y las Entidades Mutuales. Asimismo, entenderá en todas aquellas cuestiones que no estén expresamente atribuidas a otra unidad. El Servicio de Investigación y Asesoramiento, que tiene a su cargo la realización de los estudios necesarios sobre daños ocasionados a las producciones agrarias, los medios de prevención de riesgos y los de investigación necesarios para la cobertura de aquellos. Asimismo tendrá a su cargo el asesoramiento sobre estas materias a los asegurados en colaboración con los Organismos competentes. La Secretaría General, que asume las funciones de organización y coordinación, en los aspectos técnico y administrativo de las distintas dependencias del Organismo, y, especialmente, tendrá a su cargo la obtención, elaboración y distribución de la información de interés para el mismo, la gestión presupuestaria, los asuntos de personal, el registro y archivo de documentos, la preparación de publicaciones y, en general, todo cuanto afecte al régimen interior del Organismo. El Secretario general es también el Secretario de la Comisión General. Asimismo, la ENESA cuenta con una Comisión General, que se encarga de elaborar los informes y propuestas que se le encomienden, de elaborar y proponer al Gobierno el Plan Anual de Seguros Combinados previsto en la Ley 87/1978, y de llevar a cabo cualquier otra función que le encomiende el Gobierno. La Comisión General está integrada, además de por los miembros del Consejo Rector, por representantes de organismos públicos de seguros, representantes de cooperativas y organizaciones profesionales agrarias, representantes de las comunidades autónomas y representantes de entidades aseguradoras de los seguros agrarios combinados.

Plan de Seguros Agrarios Combinados El Plan de Seguros Agrarios Combinados, elaborado por la Comisión General de la ENESA, es un plan de carácter anual que recoge los riesgos a cubrir, en forma combinada o aislada, en las producciones agrícola, pecuaria y forestal, el ámbito territorial de su aplicación, la superficie continua necesaria para la declaración de la obligatoriedad del Seguro a efectos y su evaluación económica, coste de su realización, estimación de la aportación global del Estado, y distribución de la misma para subvención a las primas que han de satisfacer los asegurados, y demás aplicaciones.

Presupuesto +Evolución del presupuesto de la ENESA 1991-2026Década 1990Década 2000Década 2010Década 2020AñoPresupuestoVariaciónRef.AñoPresupuestoVariaciónRef.AñoPresupuestoVariaciónRef.AñoPresupuestoVariaciónRef.199170.215.890 €-2001172.228.547 € 8,01%2011281.091.610 € 3,37 %2021258.972.410 € 19,64 %199275.868.799 € 8,05 %2002184.815.990 € 7,31 %2012252.606.460 € 10,13 %2022262.972.800 € 1,54 %199396.890.279 € 27,71 %2003197.155.410 € 6,68 %2013204.864.760 € 18,9 %2023322.972.800 € 22,82 %199494.311.961 € 2,66 %2004216.076.480 € 9,60 %2014204.680.560 € 0,09 %2024 0 %1995104.458.308 € 10,76 %2005229.573.620 € 6,25 %2015*204.430.560 € 0,12 %2025 0 %1996 0 %2006245.853.360 € 7,09 %2016216.430.560 € 5,87 %2026 0 %199799.233.109 € 5 %2007271.513.830 € 10,44 %2017 0 %1998135.594.341 € 36,64 %2008287.660.880 € 5,95 %2018216.465.420 € 0,02 %1999146.809.227 € 8,27 %2009287.962.860 € 0,10 %2019 0 %2000159.454.521 € 8,61 %2010290.901.800 € 1,02 %2020 0 % * El presupuesto de los años 1991 a 2001 es una conversión de pesetas a euros (1 euro = 166,3860 pesetas). Referencias

Categoría:Organismos autónomos de España Categoría:Entidades aseguradoras Categoría:Ministerio de Agricultura (España)