El Gobierno de la Confederación Perú-Boliviana fue acordada en la Ley Fundamental de 1837,Ley Fundamental de la Confederación Perú - Boliviana (1837). Consultado el 3 de agosto de 2019. con la debida aprobación del Supremo protector Andrés de Santa Cruz, como una confederación de sistema republicano, con Estados autónomos

El 17 de marzo de 1836, la Asamblea reunida en Sicuani, a través de la Constitución del Estado Sud-Peruano, otorga el título de Protector del Estado Sud- Peruano a Andrés de Santa Cruz. Posteriormente la Asamblea reunida en Huaura da la Constitución del Estado Nor-Peruano, la cual es promulgada el 11 de agosto de 1836 por el entonces Presidente de la República Peruana, Luis José de Orbegoso, en la que se le otorga el título de Protector del Estado Nor- Peruano.

El 20 de junio de 1836, el Congreso de Tapacarí, se reunió extraordinariamente en Bolivia, con el fin de dar facultades al presidente de la República de Bolivia, Andrés de Santa Cruz para que pueda asumir el cargo de Presidente de Bolivia, y Protector del Sud y Nor Perú, mientras es presidente de Bolivia simultáneamente.

Provisto pues, de todos los elementos legales que le otorgaron las asambleas de los tres estados, Santa Cruz decretó establecida la Confederación Perú-Boliviana, por decreto dado en Lima el 28 de octubre de 1836; convocando a un congreso de plenipotenciarios de las tres repúblicas. Es así que el 18 de mayo de 1837, se instauró el Congreso de Tacna con el fin discutir las bases de la estructura política de la Confederación; en dicho congreso firmaron la «Ley fundamental de la Confederación Perú-Boliviana» conocido desde entonces como el «Pacto de Tacna» y por el cual se ratificó la Confederación de los tres Estados, así como dejaron establecidas sus bases políticas el 1 de mayo de 1837.

El 9 de mayo de 1837 la Confederación fue oficialmente promulgada por los representantes de las tres regiones en el Congreso de Tacna. Ese mismo día, Santa Cruz tomó el poder como Supremo Protector de la Confederación Perú-Boliviana, quedando Orbegoso como presidente del Estado Nor-Peruano.

Gobierno de la Confederación Perú-Boliviana El Gobierno de la Confederación Perú-Boliviana estaba conformado según la división de poderes:

La jefatura del gobierno estaba a cargo del Protector. El poder ejecutivo general residía en el Protector, además jefe de Estado, de Gobierno y General de las fuerzas armadas, y en el Consejo de Ministros. El poder legislativo general residía en un congreso bicameral representativo. El poder judicial general, por su parte, residía en una corte superior a las Cortes Supremas de las repúblicas conformantes.

Las atribuciones del Estado confederal estaban expresadas en la Ley Fundamental. Todas las otras atribuciones estatales residían en los Estados miembros dentro de su jurisdicción.

Protector de la Confederación El Supremo Protector de la Confederación Perú-Boliviana fue el título que adoptó el mariscal Andrés de Santa Cruz cuando asumió formalmente el gobierno de dicha Confederación, integrada por tres repúblicas: El Estado Boliviano, el Estado Sud-Peruano y el Estado Nor-Peruano, según lo estipulado en el Pacto de Tacna, firmado el 1 de mayo de 1837.

Su período de gobierno se fijó en 10 años, pudiendo ser reelegido, siempre en cuando no fuera destituido en el ínterin por el Senado. De él dependían las aduanas generales y la administración general de correos, así como todos los nombramientos diplomáticos, militares y navales. Era Generalísimo del Ejército Unido y la Armada de la Confederación. Ejercía el poder ejecutivo del estado en el cual se hallase, en conformidad con sus leyes propias. Nombraba y removía a los ministros de Estado y a los demás empleados públicos, pudiendo crear nuevos ministerios. Elegía a los presidentes de los estados confederados, a los senadores del Congreso General y a los ministros de las tres cortes supremas de entre los propuestos en terna por sus respectivos senados. Presentaba a la silla apostólica a los arzobispos y obispos de las tres repúblicas. Podía disolver el Congreso General, cuando manifiestamente se apoderase de las cámaras un espíritu de desorden que amenazara la paz interior de la confederación. En caso de ausencia, enfermedad o muerte, le debía reemplazar el Consejo de Ministros, presidido por la persona que él mismo designase o caso contrario, por el más antiguo de los ministros. Gobierno titularGobierno interino encargadoGobierno autoproclamado GobiernoGobernanteOrigenDesignaciónInauguraciónCulminaciónJunto conProtectorado de la Confederación Perú-BolivianaJefe Superior del Ejército Unidoalt=|centro|sinmarco|133x133pxAndrés de Santa Cruzalt=|borde|centro|sinmarco|25x25pxLa PazIntervención Militar en el Perú (Designado por Luis José Orbegoso, como Jefe Superior del Ejército Unido)7 feb. 1836 en Socabaya28 oct. 1836 Establecimiento de la Confederaciónalt=|centro|sinmarco|138x138pxLuis Orbegoso (Presidente del Perú)Cambios jurídicos en el mando: 7 feb. 1836: Batalla de Socabaya; Santa Cruz derrota a Felipe Salaverry y asume el título de Jefe Superior del Ejército Perú-Boliviano.Decretos del 8 de febrero de 1836. 17 mar. 1836: La Asamblea de Sicuani promulga la Constitución del Estado Sud-Peruano, en la que se nombra a Santa Cruz como Protector del Sud Perú. 3 ago. 1836: El Presidente de la República Peruana (Orbegoso) renuncia a su cargo ante la Asamblea de Huaura. 6 ago. 1836: La Asamblea de Huaura promulga la Constitución del Estado Nor-Peruano en la que se nombra a Santa Cruz como Protector del Nor Perú. 20 jun. 1836: El Congreso de Tapacarí da facultades a Santa Cruz para que pueda ejercer simultáneamente el cargo de Presidente de Bolivia y Protector del Sud y Nor Perú.Protector de los Estados Sud y Nor Peruanos, Presidente de Bolivia(Jefe Superior del Ejército Unido y encargado de las Relaciones exteriores de los tres Estados)alt=|centro|sinmarco|133x133pxAndrés de Santa Cruzalt=|borde|centro|sinmarco|25x25pxLa PazEstablecimiento de la Confederación28 oct. 1836 en Lima1 may. 1836 Designado Protector -Cambios jurídicos en el mando: 28 oct. 1836: Santa Cruz decreta el Establecimiento de la Confederación Perú-Boliviana, asimismo convoca a un congreso de plenipotenciarios de las tres repúblicas, que se reunió en Tacna, con el fin discutir las bases de la estructura política de la Confederación.Protector de la Confederación Perú-Bolivianaalt=|centro|sinmarco|133x133pxAndrés de Santa Cruzalt=|borde|centro|sinmarco|25x25pxLa PazCongreso de Tacna (Protector de la Confederación Perú-Boliviana)1 may. 1836 en Tacna24 ene. 1837

Ausencia -Cambios jurídicos en el mando: 1 may. 1837: El Congreso de Tacna aprueba la Ley fundamental de la Confederación Perú-Boliviana y nombra a Santa Cruz como Protector de la Confederación Perú-Boliviana.Encargado del Protectorado de la Confederación Perú-Boliviana Pío Tristánalt=|borde|centro|sinmarco|25x25pxArequipaDesignado por Santa Cruz (Presidente del Consejo de Ministros de la Confederación)24 ene. 1837 en Tacna10 abr. 1837 Transmite el mando -Protector de la Confederación Perú-Bolivianaalt=|centro|sinmarco|133x133pxAndrés de Santa Cruzalt=|borde|centro|sinmarco|25x25pxLa PazRecibe el mando del Presidente del Consejo de Ministros (Protector de la Confederación Perú-Boliviana)10 abr. 1837 en Tacna20 feb. 1839 renuncia -Jefe Supremo de Iquicha(Guerrillero)alt=|centro|sinmarco|123x123pxAntonio Huachacaalt=|borde|centro|sinmarco|25x25pxAyacuchoAutoproclamado (General del Ejército Confederado)mar. 1839 en Iquichanov. 1839 renuncia -Jefe Supremo de Iquicha(Guerrillero)alt=|centro|sinmarco|115x115pxTadeo Choquealt=|borde|centro|sinmarco|25x25pxAyacuchoEncargado (Comandante del Ejército Confederado)nov. 1839 en Iquichanov. 1839 renuncia - 15 nov. 1839 firma del Tratado de Yanallay con la República Peruana.

Poder Ejecutivo

La jefatura del gobierno y el poder ejecutivo de la Confederación estaba a cargo del Protector, asimismo Andrés de Santa Cruz era el titular del poder ejecutivo de cada uno de los tres estados. En caso de ausencia, enfermedad o muerte, le era reemplazado por el presidente del Consejo de Ministros.

Poder Ejecutivo Central El Poder Ejecutivo Central estaba en manos de Santa Cruz con el título de Protector de la Confederación, en consideración a los votos de las asambleas de Sicuani, Huaura y Tapacarí. Su cargo debía durar por 10 años, pudiendo ser reelegido; esto último no procedía en caso de haber sido destituido de su cargo por el Senado. De él dependían las aduanas generales y la administración general de correos, así como todos los nombramientos diplomáticos, militares y navales. Era también Generalísimo de las fuerzas de mar y tierra de las repúblicas confederadas. Ejercía el poder ejecutivo del estado en el cual se hallase. Nombraba y removía a los ministros de Estado y a los demás empleados públicos, pudiendo crear nuevos ministerios. Elegía a los presidentes de los estados confederados, a los senadores del Congreso General y a los ministros de las tres cortes supremas de entre los propuestos en terna por sus respectivos senados. Presentaba a la silla apostólica a los arzobispos y obispos de las tres repúblicas. Podía disolver el Congreso General, cuando manifiestamente se apoderase de las cámaras un espíritu de desorden que amenazara la paz interior de la confederación. +Poder Ejecutivo de la ConfederaciónTitularEncargado del Poder EjecutivoCargoNombrePeriodoCargoNombrePeriodoProtector de la ConfederaciónAndrés de Santa Cruz1 de mayo de 1836 - 20 de febrero de 1839Encargado de la Confederación(Presidente del Consejo de Ministros)Juan Pío de Tristán24 de enero de 1837 - abril de 1837

Ministros de la Confederación Una de las atribuciones del Protector era nombrar y/o remover a los ministros de Estado y a los demás empleados públicos, pudiendo también crear nuevos ministerios. +Consejo de Ministros de la ConfederaciónCargoNombrePeriodoPresidente del Consejo de MinistrosJuan Pío de Tristán1836-1839Ministro de GuerraOtto Philipp Braun1836-1839

Poder Ejecutivo a nivel Estatal Entre las atribuciones del Protector estaban elegir a los Presidentes de cada uno de los tres Estados Confederados de la terna de individuos que proponga el Congreso de cada una de ellos. También podía ejercer el poder ejecutivo del Estado en el que se hallare, en conformidad con sus leyes propias. Por lo que el titular del poder ejecutivo de cada estado era Santa Cruz, ejerciéndola de manera simultánea, aunque en su ausencia se le permitió delegar el mando en alguna persona o personas de confianza. Poder EjecutivoEstadoTitularEncargado del Poder EjecutivoCargoNombrePeriodoCargoNombrePeriodoNor-PerúProtector del Nor PerúAndrés de Santa Cruz6 ago. 1836 - 20 feb. 1839Presidente Provisorio del Nor PerúLuis José de Orbegoso21 ago. 1837 - 11 ago. 1838José de la RivaAgüero11 ago. 1838 - 24 ago. 1839Sud-PerúProtector del Sud PerúAndrés de Santa Cruz17 mar. 1836 - 20 feb. 1839Presidente del Consejo de GobiernoJuan Pío de Tristán20 ene. 1837 - abr. 1837Presidente Provisorio del Sud PerúRamón Herrera17 sep. 1837 - 12 oct.1838Presidente Provisorio del Sud PerúJuan Pío de Tristán12 oct. 1838 - 20 feb. 1839BoliviaPresidente de BoliviaAndrés de Santa Cruz24 may. 1829 - 20 feb. 1839Encargado del Mando Supremo del Estado(Vicepresidente de Bolivia)Mariano Enrique Calvo19 abr. 1836 - ¿?Administrador del Estado(Vicepresidente de Bolivia)11 abril. 1837 - ¿?Encargado del Poder Ejecutivo(Vicepresidente de Bolivia)12 oct. 1837 - 17 feb. 1839

Poder Legislativo

Poder Legislativo General