Las Cortes de Castilla-La Mancha son el órgano legislativo de la comunidad autónoma española de Castilla-La Mancha, cuya sede se encuentra en el antiguo convento de San Gil, situado en la calle Bajada del Calvario de la ciudad de Toledo.

Las Cortes de Castilla-La Mancha son uno de tres órganos que conforman la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, junto con el Consejo de Gobierno y la Presidencia de la Junta de Comunidades. Actualmente están formadas por 33 diputados representantes de las cinco provincias que conforman la Comunidad. El 42,5 % de los diputados son mujeres.

Historia Composiciones históricas

Posición estatutaria Asignación de escaños De acuerdo con la Ley 4/2014, de 21 de julio, de reforma de la Ley 5/1986, de 23 de diciembre, Electoral de Castilla-La Manchahttps://www.boe.es/boe/dias/2014/10/21/pdfs/BOE-A-2014-10667.pdf Ley 4/2014, de 21 de julio, de reforma de la Ley 5/1986, de 23 de diciembre, Electoral de Castilla-La Mancha las Cortes de Castilla-La Mancha están compuestas por 33 diputados. Estos son elegidos por las cinco circunscripciones electorales castellano-manchegas que, a su vez, corresponde con las cinco provincias de la comunidad autónoma. Cada una de ellas elige a un número diferente de diputados. A cada provincia le corresponde un mínimo inicial de 3 Diputados. Los 18 Diputados restantes se distribuyen entre las provincias en proporción a su población, conforme al siguiente procedimiento: Se obtienen una cuota de reparto resultante de dividir por 18 la cifra total de la población de derecho de las cinco provincias de Castilla-La Mancha. Se adjudican a cada provincia tantos Diputados como resulte, en números enteros, de dividir la población de derecho provincial por la cuota de reparto. Los Diputados restantes se distribuyen asignando uno a cada una de las provincias cuyo cociente, obtenido conforme al apartado anterior tenga una fracción decimal mayor. Por tanto, el Decreto de convocatoria debe especificar el número de Diputados a elegir en cada circunscripción, de acuerdo con lo dispuesto anteriormente. Desde los comicios celebrados (24 de mayo de 2015) la distribución de escaños se produce de la siguiente forma: Provincia de Albacete: 7 diputados Provincia de Ciudad Real: 7 diputados Provincia de Cuenca: 5 diputados Provincia de Guadalajara: 5 diputados Provincia de Toledo: 9 diputados

Funciones de la Cámara Según los artículos 9 y 11 (Capítulo Primero del Título Primero) del Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha, las funciones de las Cortes de Castilla-La Mancha son las siguientes: Fijar su presupuesto. Elegir de entre sus miembros un Presidente y los demás componentes de su Mesa. Ejercer la potestad legislativa de la Región; las Cortes de Castilla-La Mancha sólo podrán delegar esta potestad en el Consejo de Gobierno, en los términos que establecen los artículos 82, 83 y 84 de la Constitución, para el supuesto de la delegación legislativa de las Cortes Generales al Gobierno de la Nación y en el marco de lo establecido en el presente Estatuto. Controlar la acción ejecutiva del Consejo de Gobierno, aprobar los presupuestos y ejercer las otras competencias que le sean atribuidas por la Constitución, por el presente Estatuto y por las demás normas del ordenamiento jurídico. Establecer y exigir tributos de acuerdo con la Constitución, el presente Estatuto y las correspondientes leyes del Estado. Aprobar los convenios que acuerde el Consejo de Gobierno con otras comunidades autónomas en los términos establecidos por el apartado 2 del artículo 145 de la Constitución. Designar para cada Legislatura de las Cortes de Castilla-La Mancha, atendiendo a criterios de proporcionalidad, a los Senadores representantes de la comunidad autónoma de acuerdo con lo previsto en el artículo 69, apartado 5 de la Constitución. Elegir, de entre sus miembros, al Presidente de la Junta de Comunidades que lo será de su Consejo de Gobierno, en la forma prevista en el presente Estatuto. Exigir, en su caso, responsabilidad política al Consejo de Gobierno y a su Presidente en los términos establecidos por el presente Estatuto. Solicitar del Gobierno de la Nación la aprobación de proyectos de ley y presentar ante la Mesa del Congreso de los Diputados proposiciones de ley. Interponer recursos de inconstitucionalidad y personarse ante el Tribunal Constitucional en los supuestos y en los términos previstos en la Constitución y en la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional. Examinar y aprobar las cuentas generales de la Junta de Comunidades sin perjuicio de las funciones que correspondan al Tribunal de Cuentas.

Sede izquierda|miniatura|Convento de San Gil

La sede de las Cortes se encuentra en el antiguo convento de San Gil, en la ciudad de Toledo.

Composición Las Cortes de Castilla-La Mancha constituyen el poder legislativo de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, donde reside la voluntad popular a través de los diputados elegidos por sufragio universal, igual, libre, directo y secreto. Según el Estatuto de Autonomía, sus miembros son elegidos por un plazo de cuatro años mediante que debe a la vez resultar proporcional y asegurar la representación de las diversas zonas del territorio de la Región. En su recientemente reformado artículo 10, señala que estarán formadas por entre 25 y 35 diputados y que estos serán elegidos en circunscripciones provinciales en los términos que establezca una ley electoral aprobada por las Cortes autonómicas.

El mismo artículo 10 también expone que las elecciones serán convocadas por el Presidente de la Junta de Comunidades, en los términos previstos por la Ley que regule el Régimen Electoral General, de manera que se realicen el cuarto domingo de mayo cada cuatro años, a diferencia de las comunidades autónomas de País Vasco, Cataluña, Comunidad Valenciana, Aragón, Galicia y Andalucía cuyo presidente tiene la potestad de convocar elecciones en cualquier momento.

La mencionada Ley electoral autonómica, modificada a raíz de la reforma estatutaria antes mencionada, establece que la Cámara estará compuesta por 33 diputados repartidos de tal forma que cada provincia recibe tres diputados más la parte, proporcional a su población, que le corresponda de los 18 restantes. Dicha reforma electoral, tanto en su vertiente estatutaria como en la de ley ordinaria, ha sido duramente criticada por la oposición, que ha presentado sendos recursos de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional pidiendo que se anule la reducción del número de diputados. También fue controvertida durante la pasada legislatura una reforma del Reglamento de las Cortes en 2012 dirigida a eliminar los sueldos fijos de los diputados, igualmente recurrida por la oposición ante el Tribunal Constitucional. Todos estos recursos han sido rechazados por este órgano, declarando acordes a la Constitución las modificaciones. La siguiente tabla desglosa el reparto de diputados por provincias según las leyes electorales recientes:

Ley electoral Tipo de reparto Diputados Tamaño de las circunscripciones Rango EA Ley Albacete Ciudad Real Cuenca Guadalajara Toledo Ley de 2007, empleada para las elecciones de 2011 Publicada originalmente en el DOCM núm. 239/2007. Fijo 47–59 49 10 11 8 8 12 Ley de 2012, última previa a la reforma estatutaria Publicada originalmente en el DOCM núm. 108/2012. Fijo 47–59 53 10 12 9 9 13 Ley de 2014, vigente tras la reforma estatutariaDado que el reparto de escaños dependerá de la población de derecho, no quedará determinado hasta que no se convoquen las elecciones de 2015. Las cifras aquí indicadas son una proyección realizada sobre la base de la población de 2013: 15 fijos + 18 prop. pobl. 25–35 33 3+3 = 6 3+5 = 8 3+2 = 5 3+2 = 5 3+6 = 9

Presidencia de las Cortes de Castilla-La Mancha miniatura|Pablo Bellido, actual presidente de las Cortes de Castilla-La Mancha {| class="wikitable" |+200pxPresidentes de las Cortes de Castilla-La Mancha !Legislatura ! colspan="2" |Presidente/a !Partido ! Inicio de mandato ! Fin de mandato !Circunscripción |- |I legislatura |rowspan=8 bgcolor="#FF0000" | |Francisco Javier de Irízar Ortega ||rowspan=8|20px PSCM-PSOE||31 de mayo de 1983 ||2 de julio de 1987 |Guadalajara |- |II legislatura |José Manuel Martínez Cenzano ||2 de julio de 1987||18 de junio de 1991 |Cuenca |- |III legislatura |rowspan=2|José María Barreda Fontes ||18 de junio de 1991||21 de junio de 1995 | rowspan="2" |Ciudad Real |- |rowspan=2|IV legislatura |21 de junio de 1995||8 de julio de 1997 |- | María del Carmen Blázquez Martínez | 8 de julio de 1997 | 7 de julio de 1999 |Toledo |- |V legislatura | Antonio Marco Martínez | 7 de julio de 1999 | 17 de junio de 2003 |Guadalajara |- |VI legislatura | Fernando López Carrasco | 17 de junio de 2003||19 de junio de 2007 |Albacete |- |VII legislatura |Francisco Pardo Piqueras||19 de junio de 2007||16 de junio de 2011 |Albacete |- |VIII legislatura |bgcolor="#1E90Ff"| |Vicente Tirado Ochoa||20px PP-CLM||16 de junio de 2011||18 de junio de 2015 |Toledo |- |IX legislatura | rowspan="3" bgcolor="#FF0000" | |Gregorio Jesús Fernández Vaquero|| rowspan="3" |20px PSCM-PSOE||18 de junio de 2015||19 de junio de 2019 |Toledo |- |X legislatura | rowspan="2" |Pablo Bellido Acevedo |19 de junio de 2019 |22 de junio de 2023 | rowspan="2" |Guadalajara |- |XI legislatura||22 de junio de 2023|| align="center" |En el Cargo

Composición de las Cortes en la XI Legislatura Resultado electoral

En las elecciones a las Cortes de Castilla-La Mancha de 2023, celebradas el domingo 28 de mayo, el Partido Socialista de Castilla-La Mancha ganó las elecciones, quedando el Partido Popular de Castilla-La Mancha en segundo lugar y Vox en tercer lugar. El dato más destacable de la jornada electoral fue la irrupción de Vox con 4 diputados y la desaparición de Ciudadanos. De este modo, los resultados en las elecciones fueron los siguientes: alt=|150x150pxElecciones a las Cortes de Castilla-La Mancha de 2023Partido políticoCandidato Votos Diputados21pxPartido Socialista de Castilla-La Mancha Emiliano García-Page 490 288 45,04 % 17 221pxPartido Popular de Castilla-La Mancha Francisco Núñez 366 312 35,65 % 12 219pxVox David Moreno 139 607 12,83 % 4 4Fuente: Junta Electoral de Castilla-La Mancha

Órganos de las Cortes La Mesa La Mesa es el órgano rector de las Cortes y actúa colegiadamente bajo la dirección y coordinación del Presidente, y en tal carácter representa a la Cámara en los actos a los que asiste. Está compuesta por el presidente, dos vicepresidentes y dos secretarios. La Mesa está regulada en los artículos 31 a 40 del Reglamento de la Cámara. +200pxMesa de las Cortes de Castilla-La Mancha (XI legislatura)https://www.cortesclm.es/index.php/composicion Mesa. XI Legislatura [2023-2027]. Consultado el 17 de octubre de 2023.CargoTitularPartidoPresidentePablo Bellido Acevedo20px PSCM-PSOEVicepresidenta primeraJosefa Navarrete Pérez20px PSCM-PSOEVicepresidente segundoSantiago Lucas-Torres López-Casero20px PP-CLMSecretario primeroFernando Mora Rodríguez20px PSCM-PSOESecretaria segundaTania María Andicoberry Esparcia20px PP-CLM

Grupos parlamentarios

Diecinueve Diputados pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista, diez Diputados al Grupo Parlamentario Popular y cuatro al Grupo Parlamentario Ciudadanos componen la representación ciudadana en las Cortes de Castilla-La Mancha, consecuencia de las Elecciones Autonómicas celebradas el 26 de mayo de 2019. Estos son, por consiguiente, los rostros y las señas de identidad de quienes los castellanomanchegos han elegido democráticamente como sus representantes en el Parlamento Autonómico.

La condición, derechos, prerrogativas y deberes de los Diputados Regionales están regulados en el Título II del Reglamento de la Cámara.