El Ministerio de Trabajo y Economía Social (MITES) de España es el departamento de la Administración General del Estado que asume la propuesta y ejecución de la política del Gobierno de la Nación en materia de trabajo y relaciones laborales, de empleo, de trabajo autónomo, de economía social y de responsabilidad social de las empresas.
El departamento fue creado en 1920 por iniciativa del presidente del Consejo de Ministros Eduardo Dato y ha existido de forma ininterrumpida desde entonces. A lo largo de su historia también ha asumido competencias en materia de Seguridad Social, protección social, migraciones y, ocasionalmente, de sanidad, comercio, industria y justicia. Su titular es, desde el 13 de enero de 2020, Yolanda Díaz.
Su sede central se encuentra desde la década de 1960 en el complejo de Nuevos Ministerios, en Madrid, aunque algunos órganos directivos y organismos autónomos cuentan con sedes adicionales en otros puntos de la ciudad. Asimismo, dispone de delegaciones territoriales en todo el país.
Historia
Antecedentes La idea de crear un departamento ministerial dedicado a las cuestiones de ámbito laboral se gestó durante el reinado de Alfonso XIII. Este periodo estuvo influenciado por la filosofía krausista que, durante toda la Restauración (1874-1931), contribuyó a las políticas sociales. En el caso concreto de España, fue el Institución Libre de Enseñanza creado en 1876 el que, influenciado por esas ideas, empezó a debatir sobre la «cuestión social» y propuso la creación de diversos organismos orientados a tratar los problemas de los trabajadores y las condiciones de trabajo.
Así, a finales del se creó la Comisión de Reformas Sociales (1883), que posteriormente derivaría en el Instituto de Reformas Sociales (1903), y del impulso de este último surgieron a su vez otros organismos como la Inspección de Trabajo (1906) y el Instituto Nacional de Previsión (1908). En paralelo, la legislación española de principios del empezó a profundizar en estos ámbitos, con leyes como la Ley de Accidentes de Trabajo de 30 de enero de 1900 (primera ley que prevé los riesgos laborales y que consideraba responsable de éstos al empresario), la Ley sobre Trabajo de Mujeres y Niños de 13 de marzo de 1900, la Ley de Descanso Dominical de 3 de marzo de 1904, o la ley del derecho a huelga de 1909, entre otras. Asimismo, el impulso social con protestas como la Huelga de La Canadiense forzó a aprobar medidas como la jornada de ocho horas en 1919.
El Ministerio miniaturadeimagen|Carlos Cañal y Migolla, primer ministro de Trabajo (1920-1921). El Ministerio de Trabajo se creó el 8 de mayo de 1920, en el tercer Gobierno de Eduardo Dato, sin embargo, no fue una idea nueva y existieron, al menos, dos antecedentes inmediatos.
En mayo de 1913, el segundo Gobierno del Conde de Romanones envió a las Cortes un proyecto de ley sobre la creación de un Ministerio de Trabajo, Comercio e Industria, con el objetivo de que estuviera operativo el 1 de julio de 1913. Sin embargo, cuando el Conde dejó el Gobierno en octubre de ese año, el proyecto seguía en discusión y no prosperó.
En abril de 1914, el rey Alfonso XIII manifestó en su discurso de apertura de las Cortes la intención de su gobierno de crear este departamento. En efecto, el presidente Dato hizo propia la idea de su predecesor y solicitó de inmediato un informe oficial al Instituto de Reformas Sociales sobre la conveniencia de crear un Ministerio de Trabajo en España. Este informe, sin embargo, no fue favorable a su creación, ya que el Instituto consideraba que España aún carecía de una legislación laboral consolidada y que sus organismos, como la inspección de trabajo, no estaban plenamente desarrollados, por lo que recomendó centrar los esfuerzos en abordar estas cuestiones. Además, el estallido de la Primera Guerra Mundial acabó por guardar el proyecto en un cajón.
Una vez terminada la guerra, Dato formó su tercer gobierno el 6 de mayo de 1920. Dos días después, el rey Alfonso promulgó los decretos que establecían el nuevo departamento ministerial y nombraban a Carlos Cañal y Migolla como primer ministro de trabajo.
Este nuevo ministerio aglutinó todos aquellos órganos y organismos relacionados con la «cuestión social» ya mencionados anteriormente que estaban en el Ministerio de la Gobernación. Asimismo, se integraron también en este nuevo ministerio el Negociado de Trabajo de la Dirección General de Comercio, Industria y Trabajo del Ministerio de Fomento, el Consejo de Emigración y el Patronato de Ingenieros y Obreros Pensionados para el Extranjero. Todo esto trajo consigo la pérdida de competencias del Instituto de Reformas Sociales, que desaparecería en mayo de 1924.
A partir de 1922 pasó a llamarse «Ministerio de Trabajo, Comercio e Industria» al competencias de los ministerios de Fomento—comercio e industria—y de Instrucción Pública y Bellas Artes—estadísticas—. Las competencias sobre comercio e industria las perdió en 1928, al crearse el Ministerio de Economía Nacional (hoy Ministerio de Industria).
En una época de mucha conflictividad, en 1923 el general Miguel Primo de Rivera establece una dictadura que durará hasta 1930. Al principio, suprimió el ministerio, que pasó a ser una Consejería de Trabajo, y el Instituto de Reformas Sociales.Espuny Tomás, M.ª J. (2021). La labor del Ministerio de Trabajo durante la dictadura de Primo de Rivera (1923-1931). Sociología del Trabajo, 99, 167-184. Unos meses después, recuperó los ministerios y el nuevo ministro de Trabajo, Eduardo Aunós Pérez, a semejanza de las instituciones fascistas italianas, impulsó un Código de Trabajo (1926), la Organización Corporativa Nacional (1926) o la Ley de Trabajo a domicilio (1927). Por otra parte, se impulsó la formación profesional para acabar con lo que Primo de Rivera describió como «analfabetismo técnico», creando el Estatuto de Enseñanza Industrial y una Escuela Social para este asunto.
Segunda República El segundo periodo republicano español enfatizó su carácter social estableciendo una «república democrática de trabajadores de toda clase, que se organiza en régimen de Libertad y de Justicia»Constitución de la República española de 1931. y se caracterizó por una importante inestabilidad gubernamental, que quedó bien reflejada en el Ministerio de Trabajo. Durante los ocho años de república, el departamento cambió de denominación en otras tantas ocasiones, siendo fusionado con Justicia y Sanidad en varias oportunidades.
A pesar de ello, la constitucionalización de los derechos laborales suponen una etapa de gran protección, sobre todo cuando se constituyó el Tribunal de Garantías Constitucionales. De esta forma, se establecieron derechos como el de libre elección de profesión, a la inmigración, un reconocimiento de libre asociación y sindicación, se reconoce en la Constitución la defensa en el ámbito laboral de los derechos de niños y mujeres, así como se reconoce el derecho a la propiedad privada de los medios de producción pero, éstos, limitados al interés general (pudiendo ser socializados o expropiados). izquierda|miniaturadeimagen|250x250px|Mujeres aprendiendo el oficio de carpintero durante la II República. Siendo ministro Francisco Largo Caballero, se realizó una importante labor legislativa a base de decretos, que en su mayoría fueron ratificados por las Cortes republicanas posteriormente. En este sentido, se aprobaron decretos como el de Asociaciones Obreras, de arrendamientos rústicos, de laboreo forzoso, de arrendamientos colectivos, y de implantación del seguro de accidentes de trabajo al medio rural, entre otros. Con rango legal, destaca la aprobación de la Ley de Contrato del Trabajo de 1931 —que reguló en profundidad todos los aspectos laborales y estableció un sistema de prelación de fuentes similar al actual: ley, bases de trabajo, pactos colectivos o convenios y reglamentos— o la activa colaboración que el departamento tuvo en el diseño de la Ley de Reforma Agraria de España de 1932 de Marcelino Domingo que, entre otros objetivos, pretendía mejorar las condiciones de los trabajadores del campo.
Tras la salida de Largo Caballero de la cartera, la inestabilidad se disparó y el ministerio entró en una época «rectificadora», que revirtió parte de la política laboral de Largo Caballero y redujo el poder de los obreros en los jurados mixtos (que vigilaban los contratos obreros). Por otra parte, con la llegada de Federico Salmón al departamento en 1935 se centró en el problema del paro, con la aprobación de la Ley de la Previsión contra el Paro de 26 de junio de 1935, conocida como Ley Salmón, que perseguía luchar contra el paro obrero mediante la construcción de viviendas, garantizando ventajas fiscales a los empresarios de la construcción, y promovió y reguló la construcción de escuelas rurales para la escolarización de los hijos de campesinos. El equipo de Salmón redactó 18 proyectos de ley en poco más de siete meses en donde cabe destacarse también la reforma de los jurados mixtos, la creación del Patronato Nacional de Socorro a los parados involuntarios, y la nueva dignidad que otorgó a los inspectores de Trabajo.Dolores Pérez Salmón "Primer director de YA: una oferta incompatible" en Dolores Pérez Salmón: Federico Salmón Amorín, una biografía política (1900-1936). Tesis doctoral. Universidad San Pablo CEU, julio 2017, pp. 516-594.
Durante la guerra civil, los asuntos laborales se dividen en dos, desarrollados paralelamente en cada bando del conflicto. En el bando republicano se mantiene el Ministerio de Trabajo, Sanidad y Previsión Social, mientras que en el bando sublevado, tras la Consejería de Trabajo, se constituyó el Ministerio de Organización y Acción Sindical, que tras la guerra volvería a denominarse «de Trabajo».
Dictadura de Francisco Franco miniaturadeimagen|Cartel promocionando las universidades laborales con el eslogan «Cada Universidad Laboral cerrará una cárcel». 1955.|317x317px Bajo la dictadura de Francisco Franco el Ministerio de Trabajo desempeñó un papel central en la organización corporativa de las relaciones laborales y en el control estatal del movimiento obrero. El régimen suprimió las libertades de sindicación, manifestación y huelga, limitó la negociación colectivaLa negociación colectiva era permitida y fomentada, pero no existía verdadera libertad pues las negociaciones eran supervisadas por el Gobierno y, en caso de estancamiento, la intervención del ministerio suponía la dicción de un decreto unilateral de obligado cumplimiento para las partes. e integró a empresarios y trabajadores en el Sindicato Vertical, estableciendo un sistema de organización sindical sometido a control estatal. En este contexto, el ministerio amplió notablemente sus competencias y pasó a regular de forma detallada las condiciones laborales, incluyendo categorías profesionales, salarios, horarios, vacaciones, descansos y régimen disciplinario.
El nuevo marco laboral del franquismo comenzó a configurarse con la aprobación del Fuero del Trabajo en 1938, una de las Leyes Fundamentales del Reino, que estableció los principios laborales, políticos y económicos del régimen. Posteriormente, la Ley de Unidad Sindical de 1940 creó el Sindicato Vertical, desarrollado más adelante mediante la Ley de Bases de la Organización Sindical, en el que quedaron integrados empresarios y trabajadores bajo la supervisión de la Delegación Nacional de Sindicatos. Este organismo permaneció vinculado a la FET y de las JONS hasta 1971, cuando se creó el cargo de Ministro de Relaciones Sindicales y las competencias sindicales pasaron a la administración estatal.
Entre 1941 y 1957 José Antonio Girón de Velasco, «adalid del discurso falangista» dentro del régimen, estuvo al frente de la cartera de trabajo. El departamento convivió durante el franquismo con la Organización Sindical Española (OSE), organismo que Girón de Velasco consideraba complementario al Ministerio de Trabajo.