miniaturadeimagen|Pasaporte biométrico danés

La nacionalidad o ciudadanía danesa es el vínculo jurídico que liga a una persona física con el Reino de Dinamarca —constituido por Dinamarca, Groenlandia y las Islas Feroe— y que le atribuye la condición de ciudadano.

Está regulada por la Constitución de Dinamarca de 1953 y la Ley consolidada de nacionalidad danesa de 2003, con enmienda en 2004. El concepto jurídico de ius sanguinis (derecho de sangre) es el método principal para adquirir la ciudadanía. En otras palabras, un niño es ciudadano danés si nació de al menos un padre danés (padre, madre o comadre —pareja lesbiana de la madre biológica—), independientemente del lugar de nacimiento.

En diciembre de 2018, la ley de nacionalidad danesa fue modificada para que un apretón de manos con un funcionario del sexo opuesto fuera obligatorio durante la ceremonia de naturalización. La regulación, entre otras cosas, evitaría que los miembros del grupo islámico Hizb ut-Tahrir reciban la ciudadanía, ya que, al ser musulmanes, nunca le darían la mano a una persona del sexo opuesto (exceptuando a su cónyuge y familiares cercanos), debido a motivos religiosos.

Adquisición Por nacimiento en el Reino de Dinamarca El nacimiento en el Reino de Dinamarca no confiere en sí mismo la ciudadanía danesa. Sin embargo, una persona que haya nacido en el mismo siendo apátrida, puede adquirir la ciudadanía danesa cumpliendo con requisitos de naturalización más simples que los convencionales (véase aquí). Se supone que un niño expósito encontrado en el Reino de Dinamarca es de nacionalidad danesa hasta que se demuestre lo contrario.

Por ascendencia Los niños nacidos a partir del 1 de julio de 2014, reciben automáticamente la ciudadanía danesa si al menos uno de sus padres (padre, madre o comadre (pareja lesbiana de la madre biológica)) es ciudadano danés. Esto se aplica independientemente del lugar de nacimiento del niño, y de si sus padres están casados o no.

Hijos de padre danés y madre extranjera nacidos fuera del matrimonio Anteriormente, si los padres del niño no estaban casados, y solo el padre era ciudadano danés, el niño adquiría la ciudadanía danesa solamente si nacía en el Reino de Dinamarca (a partir del 1 de enero de 1999). Si un niño nacido de padre danés y madre extranjera no adquiría la ciudadanía danesa al nacer, la misma se le otorgaba si sus padres se casaban posteriormente. Sin embargo, era una condición que el niño en ese momento sea menor de 18 años y no esté casado.

Los niños nacidos fuera del matrimonio de una madre extranjera y un padre danés durante el período comprendido entre el 12 de octubre de 1993 y el 30 de junio de 2014, pueden adquirir la nacionalidad danesa mediante una solicitud, sin la obligación de cumplir con las condiciones generales para obtener la ciudadanía. Si un niño nació en el extranjero fuera del matrimonio, de padre danés y madre extranjera antes del 12 de octubre de 1993, y si los padres permanecieron solteros, el niño no puede obtener la nacionalidad danesa sin cumplir los requisitos generales.

Regla de la princesa Los niños nacidos en el matrimonio de una madre danesa y un padre extranjero, durante el período comprendido entre el 1 de enero de 1961 y el 31 de diciembre de 1978, no obtuvieron la nacionalidad danesa por nacimiento. Como alternativa, entre 1979 y 1981, las madres danesas pudieron registrar a sus hijos menores de 18 años como ciudadanos daneses. Los niños nacidos entre 1961 y 1978, cuyas madres no los registraron, pueden solicitar la nacionalidad por naturalización de acuerdo con la «regla de la princesa».

Solicitar la ciudadanía danesa bajo la «regla de la princesa», no requiere residencia en el Reino de Dinamarca al momento de la solicitud, sin embargo, el interesado debe haber residido en el mismo durante tres meses seguidos, o haberlo visitado durante doce meses acumulativos antes de haber cumplido la edad de 22 años.

El solicitante también está exento de aprobar el examen de ciudadanía danesa, incluido el examen de idioma. Sin embargo, para una solicitud exitosa, debe poder participar en una conversación ordinaria en danés.

Además, es una condición que se cumplan ciertos requisitos para obtener la nacionalidad danesa por esta vía, tales como no haber sido condenado a prisión por más de dieciocho meses o no adeudar dinero a las autoridades danesas. Si ha sido condenado por otros delitos, el solicitante no puede ser naturalizado hasta que haya transcurrido un cierto período de tiempo.

Si una persona se convierte en ciudadana danesa a través de la «regla de la princesa», la ciudadanía no se extiende a los hijos que esta pueda tener cuando resida fuera del Reino de Dinamarca.

Por adopción Un niño no danés menor de 12 años, adquiere la ciudadanía danesa en el momento en el cual es adoptado por una pareja casada, donde al menos uno de los cónyuges es ciudadano danés, o por un ciudadano danés soltero. Si el niño adoptado tiene 12 años o más, sus padres pueden solicitarle la ciudadanía danesa, pero se requiere una declaración de este donde exprese su consentimiento para convertirse en ciudadano danés. Es un requisito que la adopción sea válida de acuerdo con la ley danesa.

Por declaración Los ciudadanos de otros países nórdicos (Finlandia, Islandia, Noruega o Suecia) pueden convertirse en ciudadanos daneses mediante una declaración ante el Ministerio de Inmigración e Integración. Las condiciones a cumplir son las siguientes:

Ser mayor de 18 años pero menor de 23. Ser residente del Reino de Dinamarca en el momento de la declaración, y haber residido en el mismo durante al menos diez años, incluidos al menos cinco consecutivos de los últimos seis. La residencia en otro país nórdico se equipara con la residencia en territorio danés, pero solo en la medida en que el tiempo de residencia en otro país nórdico haya ocurrido al menos cinco años antes de hacer la declaración y antes del cumpleaños número 16 del solicitante. No tener antecedentes penales. No ser acusado de un delito penal, y no ser sentenciado bajo el capítulo 9 del Código Penal danés. En caso de haber sido acusado de cometer un delito penal y posteriormente ser declarado inocente, el solicitante puede hacer una nueva declaración dentro de un año de la decisión final del caso, incluso si ya cumplió los 23 años de edad.

Si el solicitante no ha adquirido la ciudadanía de un país nórdico por naturalización, también puede obtener la nacionalidad danesa por declaración si:

Tiene al menos 18 años de edad. Reside en el Reino de Dinamarca en el momento de la declaración, y ha sido residente del mismo durante los últimos siete años; y Durante este tiempo no ha sido condenado a prisión u otras medidas equivalentes a la misma.

Los siguientes grupos de personas también pueden convertirse en ciudadanos daneses mediante una declaración:

Ciudadanos alemanes de Schleswig Meridional y las Islas Frisias septentrionales. Estos pueden adquirir la ciudadanía tras dos años de residencia continua en el Reino de Dinamarca. También pueden obtener la nacionalidad danesa independientemente de la residencia en territorio danés si cumplen con al menos dos de los siguientes cuatro requisitos (el número uno es obligatorio): El solicitante nació o se crio en Schleswig Meridional o en las Islas Frisias septentrionales, y asistió a una escuela danesa en su totalidad o en parte, o puede demostrar sus habilidades para hablar y escribir en danés, de acuerdo con los requisitos exigidos a otros solicitantes de ciudadanía danesa por naturalización. Es de ascendencia danesa, es decir, que tiene al menos un tatarabuelo que fue ciudadano danés de nacimiento. Ha residido previamente en el Reino de Dinamarca durante al menos tres años consecutivos. Excepcionalmente, este criterio puede cumplirse al haber residido previamente en otro país nórdico y tener una afiliación especial con la minoría danesa. Haber combinado, durante un período de al menos diez años, trabajo activo de junta, trabajo voluntario o haber sido miembro activo de al menos una asociación de la minoría danesa.

Hasta el 31 de agosto de 2020, los exciudadanos daneses que perdieron su ciudadanía por haberse convertido en ciudadanos de otro país, también podían volver a adquirirla mediante declaración.

Por naturalización Una persona puede adquirir la nacionalidad danesa por naturalización si cumple con los siguientes requisitos:

Tener un permiso de residencia permanente en el Reino de Dinamarca. Haber residido en el Reino de Dinamarca durante al menos nueve años de forma ininterrumpida. Permanecer fuera del reino por más de 14 días se considera una interrupción en la residencia. Se permiten ausencias en el reino de hasta uno o dos años en circunstancias especiales, por ejemplo, por educación o enfermedad de un familiar. Tener antecedentes penales limpios. La expulsión permanente del Reino de Dinamarca y algunas condenas penales excluyen a un solicitante de ser naturalizado. Esto se aplica a delitos contra el Estado, violaciones de la sección 136 (2 y 3) del Código Penal, delitos relacionados con pandillas, prisión por un año o más, prisión por tres meses o más por daños corporales y, en cierta medida, delitos sexuales y violencia de adultos contra niños. Otros delitos pueden dar lugar a períodos de espera (por ejemplo, una multa de 3 000 coronas danesas o más puede ser un obstáculo para ser incluido en un proyecto de naturalización por cuatro años y medio). No tener una deuda vencida con las autoridades públicas. Haber sido autosuficiente durante los últimos cinco años. Esto significa que el solicitante no debe (con algunas excepciones) haber recibido beneficios sociales en virtud de la ley de política social activa o la ley de integración durante más de cuatro meses de los últimos cinco años, y ninguna ayuda durante los últimos dos años. Además, si el solicitante ha recibido subsidio salarial, subsidio por enfermedad, pago por maternidad o paternidad durante más de cuatro meses dentro de los períodos de autosuficiencia, estos períodos se prolongarán de manera correspondiente. Documentar los conocimientos del idioma danés mediante un certificado de examen de idioma danés 3 (nivel B2 del MCER) o un examen similar, incluidos los exámenes daneses de finalización escolar. Para los solicitantes que han sido autosuficientes durante los últimos nueve años (es decir, que no han recibido beneficios sociales en virtud de la ley de política social activa o la ley de integración durante más de seis meses en los últimos nueve años), aprobar el examen de idioma danés 2 (nivel B1 del MCER) o un examen similar es suficiente. Los ciudadanos suecos y noruegos pueden documentar el conocimiento del danés con un certificado de calificación aprobada de una escuela primaria sueca o noruega. Documentar el conocimiento de la cultura, historia y sociedad danesas al aprobar el examen de ciudadanía. Los solicitantes suecos y noruegos que pueden presentar un certificado de calificación aprobada de una escuela primaria sueca o noruega están exentos de esta prueba. Participar en una ceremonia municipal de ciudadanía, donde se debe firmar una declaración de lealtad al Reino de Dinamarca y a la sociedad danesa, declarando que se obedece la ley danesa, incluida la Constitución, y se respetan los valores y principios legales daneses fundamentales, incluida la democracia danesa y, finalmente, estrechar la mano de un funcionario.

El período de residencia se reduce en los siguientes casos:

Se requieren ocho años de residencia continua en el caso de apátridas y refugiados. Se requieren dos años de residencia continua para ciudadanos de otros países nórdicos que no cumplen con las condiciones para obtener la ciudadanía por declaración.