La disolución del Congreso de la República del Perú en 2019 fue un acto constitucional dispuesto por el entonces presidente de la República, Martín Vizcarra, el 30 de septiembre de 2019 mediante el Decreto Supremo N.º 165-2019-PCM, al haber considerado que el Congreso denegó fácticamente una cuestión de confianza planteada a nombre del Consejo de Ministros. Dicha cuestión de confianza fue la tercera en ser presentada por un premier bajo la administración de Vizcarra, la cuarta en el período de gobierno 2016 - 2021 y, de acuerdo con lo expuesto por el Gobierno, la segunda en ser denegada.

La decisión presidencial se amparó en la disposición contenida en el artículo 134° de la Constitución Política del Perú, según la cual el presidente puede disolver el Congreso y convocar en el mismo acto a nuevas elecciones parlamentarias si el Congreso ha denegado su confianza a dos Consejos de Ministros. Pese a esta alegación, antes de su validación, la decisión presidencial generó una gran controversia sobre su estricto apego a la Constitución, en especial por parte de diversas agrupaciones de oposición, quienes desde el Parlamento respondieron declarando la suspensión de la presidencia de Vizcarra y nombrando a la vicepresidenta Mercedes Aráoz como presidenta interina, la cual, no obstante, renunció a tal encargo al día siguiente, por lo que estas acciones del Congreso quedaron como actos meramente simbólicos.

Los cuestionamientos a la medida por parte del Congreso disuelto se materializaron en una demanda competencial planteada por su Comisión Permanente (órgano que se mantiene en funciones durante el interregno parlamentario), la que tuvo por finalidad que el Tribunal Constitucional se pronunciara sobre la legalidad de la disolución parlamentaria. La demanda fue admitida a trámite el 29 de octubre de 2019 y el pronunciamiento final se produjo el 14 de enero de 2020 en que por mayoría (4 votos contra 3) se declaró infundada la demanda y por tanto válido el acto de disolución del Parlamento.

La disolución del Congreso no produjo el quiebre del periodo parlamentario 2016-2021 sino solo un interregno que llegó a su fin cuando se instaló el nuevo Parlamento elegido en las elecciones extraordinarias llevadas a cabo el 26 de enero de 2020.

Marco jurídico

Disolución del Congreso El artículo 134° de la Constitución Política del Perú de 1993 faculta al presidente a disolver el Congreso en el siguiente caso:

Funcionamiento de la Comisión Permanente

El artículo 134 antes citado indica que producida la disolución del Congreso se mantiene en funciones su Comisión Permanente hasta la elección y juramentación de los parlamentarios que integrarán el nuevo Congreso a ser elegido en un proceso electoral extraordinario. Por su parte, el artículo 135 establece que durante el interregno, el Ejecutivo legisla mediante decretos de urgencia, de los cuales debe dar cuenta a la Comisión Permanente.

Si bien el artículo 42 del Reglamento del Congreso de la República establece que la Comisión Permanente ejerce sus funciones constitucionales durante el funcionamiento ordinario del Congreso, durante su receso e inclusive durante en el interregno parlamentario derivado de la disolución del Congreso, el Tribunal Constitucional, en el Auto de admisión de la demanda competencial interpuesta contra la disolución congresal decretada por el presidente Vizcarra, precisó que las funciones de la Comisión Permanente durante el interregno están limitadas a lo dispuesto en el artículo 135° de la Constitución, es decir, a recibir y evaluar los decretos de urgencia emitidos por el Poder Ejecutivo para dar cuenta de ello al nuevo Congreso.

Antecedentes

Las elecciones generales de 2016 en el Perú determinaron un complicado reparto del poder, en el que la agrupación política Peruanos por el Kambio obtuvo la presidencia de la república en la persona de Pedro Pablo Kuczynski pero solo 18 de los 130 escaños que componen el congreso unicameral. Por el contrario, la agrupación fujimorista Fuerza Popular, que perdió la presidencia por escaso margen, obtuvo 73 escaños. Debido a la falta de acuerdos y la imposibilidad de una cohabitación, la situación generó prontamente una crisis política de enfrentamiento entre el Poder Ejecutivo y el Congreso.

Uno de estos enfrentamientos se centró en la política educativa del gobierno, y como consecuencia de ello en septiembre de 2017 la mayoría fujimorista decidió interpelar a la entonces ministra de educación, Marilú Martens, tras lo cual se presentó una moción de censura que, de ser aprobada, hubiera obligado a la ministra a dimitir. Ante este hecho, el presidente del Consejo de Ministros Fernando Zavala Lombardi presentó ante el Congreso una cuestión de confianza sobre la política educativa del gobierno, la cual fue denegada por 77 votos en contra, 22 a favor y 16 abstenciones. Como consecuencia a esta denegatoria, todo el gabinete se vio obligado a renunciar. En diciembre de 2017, el conflicto entre poderes se agudizó con un primer intento de destitución contra el presidente Pedro Pablo Kuczynski, el cual se repitió nuevamente en marzo de 2018 con un segundo intento de destitución que finalmente no llegó a concretarse por la renuncia de Pedro Pablo Kuczynski a la presidencia el 21 de marzo de 2018, lo que llevó al hasta entonces vicepresidente Martín Vizcarra a asumir el cargo en su reemplazo.

Luego de un breve periodo de apaciguamiento, el enfrentamiento político entre el poder ejecutivo (en ese entonces presidido por Martín Vizcarra) y la mayoría fujimorista en el Congreso se reanudó, motivando que el Ejecutivo llegara a hacer uso de cuestiones de confianza para impulsar la aprobación de sus propuestas que, en su opinión, el Congreso estaba bloqueando o distorsionando. La crisis llegó a un punto crucial cuando el 28 de julio de 2019 el presidente Martín Vizcarra anunció ante el Congreso la presentación de un proyecto de reforma constitucional que permitiría acortar su propio mandato y el del Congreso a fin de adelantar las elecciones generales de 2021 a 2020. No obstante, el 26 de septiembre, la Comisión de Constitución decidió archivar esta propuesta, a la que calificó de inconstitucional, a pesar de que muchos congresistas habían solicitado que se debatiera en el pleno del Congreso.

Paralelamente, la mayoría del Congreso había decidido emprender la elección de seis de los siete integrantes del Tribunal Constitucional cuyo mandato estaba vencido desde mayo de 2019, iniciando un proceso de selección de magistrados que levantó diversas críticas, nacionales e internacionales, por su inusitada velocidad y falta de transparencia. Desde algunos sectores políticos, los medios de comunicación y la sociedad civil, se evidenció que el apuro de la agrupación fujimorista Fuerza Popular en cambiar la composición del Tribunal a su favor tenía relación con el hecho de que este estaba por emitir pronunciamiento sobre un pedido para terminar con la prisión preventiva que cumplía su lideresa Keiko Fujimori. Por su parte, la representante de Fuerza Popular Rosa Bartra rechazó las críticas, justificando que el Congreso cumplía con el proceso de elección de magistrados amparándose en la Constitución.

Cuestión de confianza

Luego de conocerse que se había rechazado la propuesta de adelanto de elecciones, el gobierno de Vizcarra anunció el día viernes 27 que presentaría una cuestión de confianza sobre el proceso de elección de los magistrados del Tribunal Constitucional. El presidente Vizcarra explicó que, a través del Presidente del Consejo de Ministros Salvador del Solar, formularía una cuestión de confianza vinculada a un proyecto de ley destinado a modificar la ley orgánica del Tribunal Constitucional en el extremo referido al procedimiento de elección de sus magistrados. La cuestión de confianza pretendía que el Congreso suspendiera la elección de los magistrados, aprobara las modificaciones propuestas y las aplique al proceso de selección. El viernes 27 de septiembre, la PCM mandó un oficio al Congreso para que el ministro Del Solar pueda asistir a plantear la cuestión de confianza ante el Pleno. La noche del domingo 29 de septiembre, el presidente Vizcarra manifestó en una entrevista que si le denegaban la cuestión de confianza a su gabinete, haría uso de su atribución constitucional de disolver el congreso y convocar a elecciones parlamentarias.

A pesar de que el entonces Presidente del Consejo de Ministros, Salvador del Solar, había solicitado presentarse "en la primera oportunidad que se reúna el Pleno", la Junta de Portavoces del Congreso decidió que en la sesión del 30 de septiembre se votaría primero la elección de los nuevos magistrados y solo después se escucharía al ministro Del Solar para la sustentación de la cuestión de confianza. Cuando se inició la sesión para la elección de los magistrados, el ministro Del Solar se presentó en las instalaciones del Congreso con la intención de hacer uso de la palabra amparado en el artículo 129 de la Constitución que permite a los ministros concurrir a las sesiones del Congreso y participar en sus debates. Sin embargo, por orden del presidente del Congreso Pedro Olaechea quien de acuerdo con el reglamento del Congreso dirige el debate y el desarrollo de las sesiones, se cerraron las puertas del hemiciclo con la intención de no permitir el ingreso del primer ministro, lo que motivó airadas protestas por parte de los grupos parlamentarios de minoría, y un forcejeo entre congresistas que pugnaban por abrir las puertas, agentes de seguridad y parlamentarios fujimoristas que insistían en mantener las puertas cerradas. Finalmente, el Jefe del gabinete ministerial logró ingresar al hemiciclo con la ayuda de algunos parlamentarios e intervino en la discusión formalizando la cuestión de confianza por el proyecto de ley presentado, retirándose luego del parlamento.

En el acto, la bancada de Nuevo Perú presentó una cuestión previa que planteaba suspender la elección de los magistrados y atender primero la cuestión de confianza planteada por el poder ejecutivo. Esta cuestión previa fue rechazada por 80 votos contra 34. El Congreso continuó con el proceso de elección de los magistrados, logrando obtener la votación calificada (87 votos) para uno de ellos (Gonzalo Ortiz de Zevallos Olaechea). Sin embargo, el proceso se truncó cuando se verificó que no se obtendrían los votos requeridos para elegir a los magistrados restantes. Por ello, el presidente del Congreso suspendió la sesión luego de que el Pleno dispuso la dispensa del trámite de sanción del acta para ejecutar lo actuado. Inmediatamente se acordó que la sesión se reanudaría a las 4:00 p. m. para debatir la cuestión de confianza planteada por el Premier.

El Congreso, amparándose en el artículo 86.º de su reglamento (que le permitía debatir la cuestión de confianza en la misma sesión en la que se plantee o en la siguiente) volvió a sesionar aproximadamente a las 04:15 p. m., e inició el debate de la cuestión de confianza planteada por el ministro Salvador del Solar. Mientras esto ocurría, a las 05:33 p. m. la televisión empezó a transmitir un mensaje a la Nación del presidente Vizcarra, en el cual daba cuenta de la actuación del congreso en horas de la mañana, en virtud de lo cual consideraba que la confianza solicitada por el ejecutivo había sido rechazada de manera fáctica. En ese momento, al enterarse del mensaje presidencial, el parlamento procedió a votar la cuestión de confianza, la cual fue aprobada con 50 votos a favor, 31 en contra y 13 abstenciones aproximadamente a las 5:40 p. m. Un minuto más tarde, el presidente Vizcarra anunció la disolución del Congreso.

Disolución del Congreso