miniaturadeimagen|Pasaporte biométrico belga

La nacionalidad o ciudadanía belga es el vínculo jurídico que liga a una persona física con el Reino de Bélgica y que le atribuye la condición de ciudadano. Está regulada por el Código de nacionalidad belga, y se basa en los conceptos jurídicos de ius sanguinis y ius soli. En otras palabras, tanto el lugar de nacimiento como el ser hijo de al menos un ciudadano belga son los métodos principales para determinar la adquisición de esta nacionalidad. En algunas circunstancias, se otorga la ciudadanía a los niños nacidos en Bélgica de padres extranjeros. Sin embargo, este no es el caso en el que los padres son visitantes temporales o de corto plazo. Todos los ciudadanos belgas son automáticamente ciudadanos de la Unión Europea.

Adquisición Por nacimiento en Bélgica Una persona nacida en Bélgica (de padres no belgas) es ciudadana belga si:

En cualquier momento antes de los 18 años (o su emancipación antes de esa edad), sería una persona apátrida si no tuviera la ciudadanía belga; Pierde su única otra nacionalidad antes de cumplir los 18 años; Tiene al menos un padre de nacionalidad extranjera pero que nació en Bélgica y que ha vivido en el país por al menos cinco años durante los diez años anteriores a su nacimiento; Es adoptada por un padre con otra nacionalidad pero que nació en Bélgica, y que ha tenido su lugar de residencia principal en este país durante al menos cinco de diez años antes de que la adopción surta efecto; o Tiene dos padres (biológicos o adoptivos) sin ciudadanía belga y nacidos en el extranjero, que presentaron una declaración antes de su duodécimo cumpleaños, solicitando que se le otorgue la nacionalidad belga. Bélgica debe haber sido el lugar de residencia principal de los padres durante los diez años anteriores a la declaración, y que al menos uno de ellos esté admitido o autorizado para permanecer indefinidamente en Bélgica al momento de la misma. La persona debe haber vivido en dicho país desde su nacimiento.

Efectivamente, esto significa que: Los hijos de inmigrantes de larga data pueden adquirir la ciudadanía belga. Los nietos de inmigrantes normalmente son belgas de nacimiento.

Se presume que un recién nacido encontrado en Bélgica, hasta que se demuestre lo contrario, nació en Bélgica. Si se establece que tiene o ha adquirido una nacionalidad extranjera siendo menor de 18 años no emancipado, perderá su nacionalidad belga.

Por ascendencia El acceso a la ciudadanía belga por ius sanguinis depende de la fecha de nacimiento:

Antes del 1 de enero de 1967 La ciudadanía belga era adquirida por: El hijo legítimo de un padre belga. Por lo tanto, los hijos naturales (incluidos los hijos extramatrimoniales) no podían reclamar su ciudadanía si su madre no era belga. Además, si el padre belga era culpable de adulterio, no podía reconocer legalmente a los hijos nacidos de sus relaciones extramaritales. Un niño nacido de madre belga y padre desconocido. En este caso, el reconocimiento del hijo por parte del padre extranjero implicaba la pérdida de la nacionalidad belga en favor de la nacionalidad paterna. Si el padre no lo reconocía antes de que cumpliera los 21 años, ese individuo era definitivamente belga.

Del 1 de enero de 1967 al 31 de diciembre de 1984 La ciudadanía belga era adquirida por: Nacer en Bélgica de al menos un ciudadano belga. Nacer en el extranjero siendo hijo legítimo de un padre belga. Nacer en el extranjero de una madre belga que nació en Bélgica, o en el Congo Belga antes del 30 de junio de 1960, o en Ruanda o Burundi antes del 1 de julio de 1962.

A partir del 1 de enero de 1985 La ciudadanía belga es adquirida por: Nacer en Bélgica de al menos un ciudadano belga; o Nacer en el extranjero; y: Que el progenitor belga haya nacido en Bélgica, o en el Congo Belga antes del 30 de junio de 1960, o en Ruanda o Burundi antes del 1 de julio de 1962; o Que el progenitor belga haya nacido en el extranjero y haya hecho una declaración, dentro de los cinco años posteriores al nacimiento del niño, solicitando que se le otorgue a este la ciudadanía belga. Esta declaración debe presentarse ante la embajada o consulado belga del lugar principal de residencia del padre belga en el extranjero, o ante el registrador del municipio del padre (si este vive en Bélgica). La nacionalidad belga se obtiene en la fecha en la que se realiza la declaración.

Cuando una persona nace fuera de Bélgica y el progenitor belga que nació en el extranjero no presenta una declaración de atribución dentro de los cinco años posteriores al nacimiento del niño, se permite una declaración tardía, siempre que este último no tenga otra ciudadanía. Si el niño corre el riesgo de convertirse en apátrida debido a que el otro progenitor no puede transferir su nacionalidad, o el país de nacimiento no se la otorga, adquirirá la nacionalidad belga automáticamente. Si adquiere otra ciudadanía antes de los 18 años (o su emancipación antes de esa edad), perderá su nacionalidad belga.

Si un niño es reconocido por un ciudadano belga de conformidad con la ley belga, puede obtener la nacionalidad en la fecha del reconocimiento, sujeto a las mismas condiciones que se detallaron en esta sección anteriormente. Sin embargo, si el parentesco fue reconocido después de haber cumplido los 18 años, la persona no puede adquirir la ciudadanía belga.

Por adopción A partir del 1 de enero de 1988, los niños no emancipados menores de 18 años, adoptados por al menos un ciudadano belga, generalmente adquieren la ciudadanía sobre la misma base que los nacidos de ciudadanos belgas. Se aplican diferentes reglas para las adopciones completadas antes de 1988.

Por matrimonio Desde el 1 de enero de 1985, el casarse con un nacional belga no otorga ningún derecho directo a la ciudadanía. Sin embargo, un cónyuge puede solicitar la nacionalidad después del matrimonio.

Por naturalización Antes del 1 de enero de 2013 (fecha en la cual las modificaciones al Código de nacionalidad belga entraron en vigor), cualquier persona mayor de 18 años podía solicitar la naturalización después de tres años de residencia legal en Bélgica. Desde el 1 de enero de 2013, la naturalización se convirtió en un tipo excepcional de procedimiento para adquirir la ciudadanía. La adquisición de la nacionalidad belga por esta vía no es un derecho (como sí lo es la declaración de nacionalidad), sino un privilegio que el Estado belga puede otorgar. No se requiere formalmente un período de residencia, a excepción de los solicitantes apátridas.

Para poder solicitar la naturalización, el extranjero debe:

Ser mayor de 18 años; Residir legalmente en Bélgica; Haber demostrado o poder demostrar méritos excepcionales en el campo científico, deportivo o sociocultural y, por lo tanto, poder hacer una contribución particular a la influencia internacional de Bélgica; y Explicar por qué es casi imposible para él adquirir la ciudadanía belga por declaración.

En caso de ser apátrida, las condiciones a cumplir son las siguientes:

Ser mayor de 18 años; Tener la condición de apátrida en Bélgica de conformidad con los acuerdos internacionales vigentes; y Residir legalmente en Bélgica durante al menos dos años.

La solicitud de naturalización se dirige al registrador del municipio donde la persona interesada tiene su residencia principal o a la Cámara de Representantes. La misma incluye, antes de la firma del extranjero, la siguiente nota escrita a mano por este:

Declaro que quiero adquirir la nacionalidad belga y someterme a la Constitución, a las leyes del pueblo belga y a la Convención para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales.

La solicitud de naturalización caduca si, después de su presentación, la persona interesada deja de ser residente legal en Bélgica o deja de tener su residencia principal allí.

Por declaración A diferencia de la naturalización (un privilegio), la declaración de nacionalidad es un derecho de aquellos extranjeros legales que responden a ciertos criterios definidos en el Código de nacionalidad belga.

A partir de los 18 años, un ciudadano extranjero puede obtener la ciudadanía belga firmando una declaración de nacionalidad si cumple con uno de los siguientes criterios:

Nacer en Bélgica y tener su domicilio principal allí, de forma legal y sin interrupciones desde su nacimiento. Haber fijado su residencia principal en Bélgica sobre la base de una estadía legal de al menos cinco años, demostrar el conocimiento de al menos uno de los tres idiomas nacionales (neerlandés, francés y alemán) y acreditar su integración social y participación económica. Haber fijado su residencia principal en Bélgica sobre la base de una estadía legal de al menos cinco años, demostrar el conocimiento de al menos uno de los tres idiomas nacionales, acreditar su integración social y estar casado con un ciudadano belga. Los cónyuges deben haber vivido legalmente en Bélgica durante al menos tres años, o deben ser padres biológicos o adoptivos de un niño belga menor de 18 años no emancipado. Haber fijado su residencia principal en Bélgica sobre la base de una estadía legal de al menos cinco años y demostrar que no puede, debido a una discapacidad o invalidez, tener un trabajo o ejercer una actividad económica, o haber alcanzado la edad de jubilación. Haber fijado su residencia principal en Bélgica sobre la base de una estadía legal de al menos diez años, demostrar el conocimiento de al menos uno de los tres idiomas nacionales y justificar su participación en la vida económica o sociocultural de su comunidad de acogida. Ser un exciudadano belga cuya ciudadanía no haya sido revocada, tener su residencia principal en Bélgica durante al menos doce meses sobre la base de una estadía legal ininterrumpida y, que en el momento de la declaración, esté admitido o autorizado para permanecer en dicho país por un período ilimitado.

La declaración de nacionalidad debe firmarse ante el registrador del municipio donde la persona interesada tiene su residencia principal. La misma incluye, antes de la firma del solicitante, la siguiente nota escrita a mano por este:

Declaro que quiero adquirir la nacionalidad belga y someterme a la Constitución, a las leyes del pueblo belga y a la Convención para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales.

Una persona de buena fe, a la que se le haya otorgado erróneamente la nacionalidad belga, y que haya sido tratada como belga durante al menos diez años sin interrupción por las autoridades belgas, puede, si se cuestiona su nacionalidad belga, obtener la misma de conformidad con el artículo 15 del Código de nacionalidad belga.

A través de un padre que obtuvo la nacionalidad belga A partir del 1 de enero de 2013, las personas que tengan su residencia principal en Bélgica y que al menos uno de sus padres (ya sea biológico o adoptivo) haya adquirido la nacionalidad belga, recibirán automáticamente dicha ciudadanía el mismo día, siempre que sean menores de 18 años y todavía estén bajo la autoridad legal y el cuidado parental de su(s) padre(s).

Pérdida de la ciudadanía Por adquisición voluntaria de otra nacionalidad siendo mayor de 18 años Una persona que tenía al menos 18 años en ese momento, perdió su nacionalidad belga si:

Adquirió voluntariamente otra nacionalidad antes del 9 de junio de 2007; o Adquirió voluntariamente la nacionalidad de Austria, Dinamarca, España, Francia, Irlanda, Italia, Luxemburgo, Noruega, los Países Bajos o el Reino Unido entre el 9 de junio de 2007 y el 28 de abril de 2008.

Una persona que obtenga voluntariamente otra nacionalidad después del 28 de abril de 2008, ya no perderá su nacionalidad belga, independientemente de la nacionalidad adquirida.

Por residencia en el extranjero Un ciudadano belga nacido fuera de Bélgica (a excepción de las antiguas colonias belgas) a partir del 1 de enero de 1967, perderá la ciudadanía a los 28 años si: