100px|thumb|Símbolo del Papado.

La frase latina Extra Ecclesiam nulla salus significa: “Fuera de la Iglesia no hay salvación”. Proviene de los escritos de san Cipriano de Cartago, obispo del , y su comprensión requiere del conocimiento del contexto en que fue presentada. Es un dogma de la Iglesia católica, definido en la forma «es absolutamente necesario para la salvación de toda criatura humana que esté sujeta al Romano Pontífice» (bula Unam Sanctam del Papa Bonifacio VIII, año 1302). Se trata de un principio fundamental del catolicismo.

Declaraciones de la Iglesia sobre esta enseñanza

Orígenes ():

Símbolo Atanasiano ():

Fulgencio de Ruspe ():

Afirmaciones de los Concilios y los Papas:

Papa Inocencio III (1198-1216): (Denzinger 792).

Cuarto Concilio de Letrán (1215):

Papa Bonifacio VIII, Bula Unam Sanctam (1302):

Eugenio IV. Concilio de Florencia. Bula Cantate Domino (1442):

Papa Pío X (1903-1914), Encíclica Jucunda Sane:

Papa Benedicto XV (1914-1922), Encíclica Ad Beatissimi Apostolorum:

Papa Pío XI (1922-1939), Encíclica Mortalium Animos:

Papa Pío XII (1939-1958), Discurso a la Universidad Gregoriana (17 de octubre de 1953):

Concilio Vaticano Segundo, Constitución Dogmática Lumen gentium:

Interpretación de la Iglesia católica La Iglesia católica considera que esta enseñanza es ortodoxa, apelando a los Padres de la Iglesia:

Las exhortaciones de Agustín fueron realizadas en el contexto de una fuerte polémica contra doctrinas como el donatismo o el pelagianismo, lo que implicaba un concepto riguroso de Iglesia. Sin embargo, el propio obispo de Hipona también estableció el concepto de «Iglesia que existe desde Abel»: admite así la pertenencia a la Iglesia fuera del espacio de estricta visibilidad jurídica de esta. Es decir, Agustín de Hipona relaja la equipación literal entre salvación y pertenencia a la Iglesia, y admite que hay personas que pueden salvarse sin pertenecer explícitamente a dicha Iglesia.

Aunque el Concilio de Trento (Ses. 7, cap. 5) declara que nadie se puede salvar sin el bautismo, pues este es necesario para borrar el pecado original que priva del cielo, considera que el deseo ardiente de recibir el bautismo puede suplir el sacramento. Con el bautismo de deseo suponen algunos teólogos que fueron borrados los pecados del Buen Ladrón. Según afirmó el obispo chileno Justo Donoso Vivanco, la posibilidad de que este deseo no sea solamente explícito, sino también implícito, se apoya en muchos doctores de la Iglesia, entre otros en Santo Tomás (Part. 3, q. 69, art. 4) y San Alfonso Ligorio (De bapt. c. 1). El deseo implícito de bautismo se daría en aquel que, «sin tener conocimiento del bautismo, está dispuesto a observar todo lo que Dios prescribe como medio de salud».

Si para San Agustín la Iglesia consta de «alma» y «cuerpo», teólogos católicos afirmaron en el que se puede pertenecer a la Iglesia estando en «el alma» de la misma, aun ignorando la necesidad de estar en ella, mientras se obre «en todo y por todo conforme al dictamen de su razón y de su conciencia, deseando agradar a Dios hasta donde le sea posible». Puesto que Dios quiere la salvación de todos los hombres sin excepción, pero la mayor parte de la humanidad no pertenece al cuerpo de la Iglesia, Jean-Joseph Gaume concluía que el saber cómo en ciertos casos particulares los medios de salvación son aplicables y aplicados, es una incógnita. Y añadía que en dogma, no menos que en geometría, despejada o sin despejar, existe también la incógnita.

Las doctrinas de los clérigos Jansenio y Quesnel, que propugnaron en los siglos y una interpretación extremadamente rigorista del dogma «Extra Ecclesiam nulla salus», negando incluso que Dios otorgara su gracia fuera de la Iglesia, fueron condenadas por sucesivos papas. Una interpretación similar fue retomada en el por Leonard Feeney, quien llegó a ser excomulgado por la Santa Sede.

En el extremo opuesto, algunos católicos difundieron a principios del que todas las religiones son verdaderas por razón de la doctrina de la experiencia, ligada a la del simbolismo. Estos planteamientos fueron condenados como heréticos por el papa San Pío X, que los definió como «modernismo» en su encíclica Pascendi (1907). Esta condena venía a subrayar nuevamente la de Pío IX en su célebre Syllabus, donde el pontífice enseñó que era errónea la proposición que sostenía que «en el culto de cualquiera religión pueden los hombres hallar el camino de la salud eterna y conseguir la eterna salvación», así como otras similares que daban lugar al indiferentismo religioso.

El Catecismo de San Pío X, nn. 170-172, expresó de este modo el dogma Extra Ecclesiam nulla salus:

La interpretación actual de la Iglesia sobre el significado y alcance de la frase está expresada en el Catecismo de la Iglesia Católica, nn. 846-848, como sigue: "Fuera de la Iglesia no hay salvación"

Referencias

Enlaces externos "El otro extremo. Carta a un sacerdote amigo", por Ignacio Falgueras Salinas, en Theologoumena Información sobre la frase en Mercaba.org

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