Campo de Luna fue una localidad española de la provincia de León situada en el kilómetro 20 de la carretera comarcal C-623, de La Magdalena a Belmonte, que desapareció a finales de 1955 bajo las aguas del embalse de Barrios de Luna. Su disolución como entidad local fue autorizada el 7 de marzo de 1958 mediante decreto publicado en el BOE el día 25 de ese mes.

Toponimia Es posible que el nombre de la localidad tenga origen prerromano o romano.

En el primer caso, el nombre estaría relacionado con el radical prerromano kam- o kamp-, que significa «doblar», de donde se originó kambo, en celta «curvo», y que ha dado en español palabras como «camba» y «cama», piezas curvas de la rueda y el arado respectivamente. Según esta interpretación, referida a varios lugares y cursos de agua en la provincia de León y el resto de España denominados Campo o compuestos con este término, el pueblo pudo haber tomado su nombre del que habría recibido la zona en la que se asentaba, debido a las curvas que presentaría el cauce del río Luna, sin mucha pendiente en ese tramo.

En el segundo, estaría relacionado con el término que los romanos utilizaban normalmente para denominar a un terreno llano, como lo es la llanura frente a la cual se levantaba la localidad. La palabra española «campo» deriva del término latino campus, que significa terreno llano, pero también campo de batalla. Con el significado de llanura cultivada lo utiliza Catón en su obra Sobre la agricultura, acepción hacia la que ha tendido a especializarse, desplazando a ager, y ocupando su lugar plana, para referirse a una llanura. En este sentido, el estudio de la diplomática de los reinos de Asturias y León revela que «campo» es un término muy poco frecuente. Suele aparecer en la mayoría de las ocasiones como toponímico y escasamente como apelativo. Así, para expresar el sentido que posee actualmente como terreno cultivado, en dicha documentación se utilizaban los términos ager y, más frecuentemente, terra, pero no campus.

Historia thumb|Río Luna durante la sequía de 2017 thumb|Ruinas durante la sequía de 2017 thumb|Ruinas durante la sequía de 2017 thumb|Antiguos campos durante la sequía de 2017 thumb|Antiguos campos durante la sequía de 2017 thumb|Antiguo camino durante la sequía de 2017

Edad Media Una de las primeras menciones de Campo de Luna se encuentra en un documento fechado en 1242 y perteneciente al archivo de Santa María de Arbas, que junto con otros similares dan noticia de varias localidades que se hallaban en aquella época bajo la jurisdicción del castillo de Luna. Con el paso del tiempo, Campo formó parte del concejo de Luna de Arriba, o de Suso, y perteneció al condado de Luna hasta la abolición de los señoríos jurisdiccionales, momento en que pasó a formar parte del Ayuntamiento de Láncara de Luna dentro de la reforma que transformó el sistema municipal español a partir de 1833.

Edad Moderna

En la primera mitad del , sus habitantes, como parte de dicho concejo y junto con los de Luna de Abajo, Paredes, Omaña, Trabesales, Lomba y Laciana, sostuvieron con Diego Fernández de Quiñones, merino mayor de Asturias, IV señor de Luna y abuelo del primer conde de Luna, un largo pleito por lo abusos que había cometido contra ellos, tanto en el cobro de tributos como por el hecho de obligarles a trabajar en la reparación de los castillos de Luna y Benal, que tenía bajo su jurisdicción, y que la justicia falló a favor de los Quiñones en este último caso. En 1435, todo el concejo, como también el de Luna de Abajo, o de Yuso, pagaba al señorío en concepto de yantar seis mil maravedíes al año. Una muestra de las restricciones para cazar y pescar libremente a las que estaban sometidos tanto los vecinos de Campo como los del resto del concejo y los de otras posesiones del condado, como vasallos de un señorío nobiliario en la Baja Edad Media, la encontramos en una investigación realizada en el concejo de Luna de Arriba entre el 5 y el 17 de noviembre de 1496 por Arias Díaz, merino y alcaide del castillo de Luna, a petición del arrendador del río Luna, debido a la pesca furtiva de algunos vecinos. Descubiertos los culpables, se les impuso una multa de seiscientos maravedíes a cada uno, lo que suponía, la décima parte que debía pagar al año todo el concejo en concepto de yantar.

Los habitantes de Campo, como los del resto del concejo de Luna de Arriba, podían llevar su ganado a varios puertos de la cordillera para pastar, lo que fue origen de algunos pleitos con el conde de Luna. Uno de ellos se detalla en una ejecutoria, dictada por Carlos III en 1762 y custodiada en el Archivo Municipal de Barrios de Luna, en la que se reconoce al conde la propiedad de dichos terrenos, pero se especifica que los habitantes del concejo «pueden pastar sus ganados en ellos» entre determinadas zonas, de las que se hace mención expresa.

Algunos viajeros del que anduvieron por la provincia dejaron noticia en sus diarios de su paso por Campo. Entre ellos, cabe destacar a Jovellanos, que pasó por Campo camino de la ciudad de León, de donde se dirigió luego a Villafranca del Bierzo, el miércoles 6 de junio de 1792, y volvió a hacerlo el martes 26 a su regreso, camino de Babia. Jovellanos nombra los pueblos que encuentra a su paso y comenta diversos aspectos de estos y del paisaje. En ambos viajes, al llegar a Campo (que llama Campos de Luna) cita también el puente sobre el río Luna que se encontraba a poco más de quinientos metros de Campo río arriba y que permitía, a los habitantes de la vecina localidad de Lagüelles, cruzar el río y acceder al camino que recorría el valle. Dicho puente era uno de los seis que había entre Los Barrios y Sena.

Campo de Luna en el Catastro de Ensenada thumb|Campo de Luna en el mapa de la Montaña Occidental leonesa realizado por Tomás López en 1785 Por las respuestas generales al interrogatorio del Catastro de Ensenada, realizado en Campo el 23 de agosto de 1752, se sabe que la localidad tenía diez casas en buen estado y una arruinada, más otra que servía para guardar hierba, habitadas por «cinco vecinos y dos vecinas viudas», lo que da una población aproximada de unos treinta habitantes. Los vecinos indican que algunas medidas de uso frecuente solo se usaban en el momento de formalizar contratos, herencias, particiones, etc. Por lo demás, se medían los prados, por ejemplo, por «carros de hierba», teniendo en cuenta las calidades, pero sin mucha precisión. Como medida de capacidad era frecuente el uso del cuartal.

Cada vecino pagaba anualmente al condado de Luna un yantar de cuatro reales y diecisiete maravedíes, además de otros impuestos como el Voto de Santiago, por valor de siete cuartales de centeno, igual que el de las primicias, el diezmo y otros pagos al cura, como corderos, lana, manteca, hierba para forraje, un carro de hierba y cerdos. Por su parte, el gasto anual en velas de la iglesia parroquial ascendía a cuarenta reales. En cuanto al pago de la alcabala, los vecinos manifiestan que el cobro de esta lo lleva el conde de Luna, y que la cantidad anual suponía ciento diecisiete reales y treinta maravedíes. También se citan pagos por la fiesta del Corpus, cincuenta reales, y por la romería del Cristo celebrada el 14 de septiembre en Los Barrios de Luna, veinte maravedíes. Se indica también que no hay pobres de solemnidad ni jornaleros, y que si algún vecino tenía la necesidad de contratar a otras personas para ayudarle en las labores agrícolas (por ejemplo la siega) el jornal estipulado era de «dos reales y la comida, que son otros dos».

Los cereales cultivados eran el trigo y el centeno de secano, dejando la tierra un año en barbecho. Los prados de regadío producían dos cosechas anuales de hierba, que se utilizaba como forraje para el ganado, mientras que otros prados, que apenas se regaban, solo producían una cosecha, y los que eran de secano producían una cosecha anual y se dejaban en barbecho al año siguiente. Las zonas de monte y matorral próximas se utilizaban para pastos comunales de los ganados. No había en el término de Campo ninguna plantación de árboles frutales ni de otro tipo, más allá de los que cada vecino pudiera tener para su sustento. Se cosechaban trigo, centeno, hierba para pasto, arvejas y lentejas. El rendimiento no era muy alto. Así, un cuartal dedicado a trigo de secano de mediana calidad (unos once kilos y medio) producía cuatro cuartales en la tierra de buena calidad y dos en la de calidad inferior. En lo que respecta al centeno, un cuartal (unos diez kilos) producía cinco cuartales y medio en la tierra de buena calidad que había sido dejada un año en barbecho, mientras que rendía tres y medio en la de mediana calidad y solo dos en la de calidad inferior. El valor de estos productos, según las respuestas de los vecinos, era el siguiente: un carro de hierba valía doce reales, un cuartal de arvejas, cinco, lo mismo que uno de lentejas; uno de trigo, cuatro, mientras que el de centeno era el más barato, con solo tres reales.

El tipo de ganado que poseen es el habitual en esta zona: vacuno, caprino, ovino (lanar) y porcino (de cerda). Por cada ternero, se pagaban una media de dieciséis reales; por nueve libras de manteca, quince cuartos, quince reales y treinta maravedíes; un potro o potra, cincuenta reales; un cordero, ocho maravedíes; y dos libras y media de lana, dos reales y medio. El pescado lo obtenían del río, donde era posible arrendar al condado de Luna la explotación de determinadas zonas para pescar, pero sin mucho aprovechamiento.

Por último, cabe destacar que la localidad tenía un molino harinero de una sola piedra que utilizaba el agua del río Luna como fuerza motriz. Dicho molino se declara como propiedad común de Antonio Marinas, Mariana Arias y Pedro y Juan Prieto, vecinos de Campo, José García, vecino de Láncara, y Domingo Arias, vecino de Lagüelles, y su beneficio se estima en unos ciento sesenta reales al año. Además, se declara también la existencia de una docena de colmenas, propiedad individual de varios vecinos y vecinas del pueblo, cuyo beneficio anual era de unos cinco reales cada una.

Campo de Luna en el censo de Aranda El Censo del conde de Aranda es considerado el primer censo moderno realizado en Europa, el primero propiamente dicho, ya que en él se enumeran personas y no vecinos. Abarcó todo el territorio nacional, a excepción de las tierras de las Órdenes militares. Se llevó a cabo entre 1768 y 1769, se organizó a través de los obispados y, por primera vez, se clasificó a la población por sexo y grandes grupos de edad.