Se conoce como unidad católica de España el principio legislativo que reconocía la religión católica como la única de los españoles, excluyendo cualquier otro culto. El origen de dicha unidad, según sus defensores, se hallaba en el año 589, fecha del III Concilio de Toledo, en el que el rey visigodo Recaredo abjuró del arrianismo y se convirtió al catolicismo, religión que pasaría a ser la única oficial del reino. Este principio imperó en la legislación española desde los Reyes Católicos hasta la Constitución de 1869 y, en menor medida (exceptuando los periodos del Sexenio Democrático y la Segunda República), hasta la ley de libertad religiosa de 1967.

Los detractores de la unidad católica española la combatían desde el punto de vista del derecho personal a la libertad de conciencia y por el respeto debido a las exigencias del bien común, que los gobiernos están obligados a promover, conservar y desarrollar, mientras que sus defensores argüían que la unidad católica era parte muy principal y fundamental del bien común de España y los españoles, sin agravio de la libertad de conciencia de cuantos, respetando la de los españoles, se acogían a la hospitalidad de estos, aun no siendo católicos.

La unidad católica en la doctrina de la Iglesia thumb|180px|El papa Bonifacio VIII definió en el año 1302 el dogma Extra Ecclesiam nulla salus (fuera de la Iglesia no hay salvación). De acuerdo con el esquema del cardenal Ottaviani presentado en 1962 en la primera fase del Concilio Vaticano II, es doctrina perenne de la Iglesia católica que la unidad política en el catolicismo es el estado ideal de las relaciones entre la religión y la comunidad política, pues, según la Iglesia, esta unidad supone «el bien supremo y la fuente de múltiples beneficios aun temporales».

Según Ottaviani, por unidad católica se entiende, en lo positivo, que el poder civil (y no solo cada uno de los ciudadanos individualmente) «acepte la Revelación propuesta por la Iglesia», de manera que en su legislación se conforme no solo «a los preceptos de la ley natural», sino que tenga además «estrictamente en cuenta las leyes positivas, tanto divinas como eclesiásticas, destinadas a conducir a los hombres a la beatitud sobrenatural», facilitando así «la vida fundada sobre principios cristianos y absolutamente conformes a este fin sublime, para el que Dios ha creado a los hombres». En lo negativo, se entiende por unidad católica que el poder temporal reglamente, modere o incluso prohíba «las manifestaciones públicas de otros cultos» y defienda «a los ciudadanos contra la difusión de falsas doctrinas que, a juicio de la Iglesia, ponen en peligro su salvación eterna».

miniatura|izquierda|170px|El papa Pío IX, autor de la encíclica Quanta cura y el Syllabus, en que condenaría los «errores modernos». Por ello, hasta la década de 1960, la Iglesia católica consideró la libertad de cultos como un mal funesto y detestable. Así es que, aun teniendo en cuenta las circunstancias de los pueblos modernos, los papas Gregorio XVI y Pío IX, aquel en su encíclica Mirari vos (1832) y éste en la Quanta cura y el Syllabus (1864) —documentos que serían declarados obligatorios para todo católico por el Concilio Vaticano I—, condenaron enérgicamente y con firmeza apostólica la libertad de cultos, tenida por «gravísimo y pernicioso error». Según el arzobispo de Toledo Juan Ignacio Moreno y Maisanove, los católicos debían sumisión y obediencia a estas solemnes decisiones, y consideraba que la oposición a las mismas, lejos de menoscabarlas, las «glorificaba», ya que dicha oposición procedía del «odio de los enemigos de la Iglesia».

En su encíclica Immortale Dei (1885), el papa León XIII justificaría de este modo la obligación de los Estados a profesar y favorecer exclusivamente la religión católica:

miniaturadeimagen|León XIII en 1887. Aun así, la Iglesia admitía que en los países con minorías religiosas importantes, por razones de pública utilidad, la autoridad tolerase algún «culto falso» como mal menor, con miras a asegurar la paz, o evitar males mayores. El concepto de tolerancia religiosa difería del de libertad de cultos en que dicha tolerancia podía ser en algún caso un mal necesario, pero nunca un bien en sí misma. A este respecto diría León XIII en su encíclica Libertas (1888):

Sin embargo, entre finales del siglo y principios del , no faltarían personas, incluso dentro de la Iglesia, que insistirían en introducir ideas liberalizantes, entre ellas la de la libertad de cultos y la de que todas las religiones son verdaderas por razón de la doctrina de la experiencia, ligada a la del simbolismo. En su encíclica Pascendi (1907), el papa Pío X condenaría estas tendencias, que calificaría como modernismo, lo que, según el papa, constituía el «conjunto de todas las herejías». izquierda|miniaturadeimagen|236x236px|El papa Pío X en 1910. En cuanto a la situación específica de España, en 1911 el papa Pío X comunicó, por medio de su secretario, el cardenal Merry del Val, unas normas para los católicos españoles, en cuyo primer punto se establecía que:

Durante décadas, los sucesores de Pío X mantendrían esta política en España. Todavía el papa Juan XXIII, en su radiomensaje al V Congreso Eucarístico Nacional de Zaragoza en 1961, decía a los españoles:

Y Pablo VI, en su Mensaje al VI Congreso Eucarístico Nacional de León de 12 de julio de 1964, manifestaba:

A pesar de ello, la promulgación en diciembre de 1965 de la declaración Dignitatis humanae, uno de los documentos más controvertidos del Concilio Vaticano II, acabaría introduciendo la doctrina de la libertad de cultos en el seno de la Iglesia, si bien en su preámbulo —añadido por el mismo papa— señalaba que dejaba «íntegra la doctrina tradicional católica acerca del deber moral de los hombres y de las sociedades para con la verdadera religión y la única Iglesia de Cristo». Pero en la predicación posconciliar ciertos grupos católicos consideraron que se había debilitado y oscurecido, o incluso negado, la doctrina del «reinado social de Jesucristo», hasta el punto de que el arzobispo Marcel Lefebvre afirmó que Cristo había sido destronado.

Historia Edad Media

Antes del III Concilio Toledano, la península ibérica estaba dividida socialmente entre visigodos e hispanorromanos, estando los segundos, de fe católica, sometidos a los primeros, entre los que en un principio prevalecía el arrianismo. Imperaban asimismo dos legislaciones distintas aplicables a cada grupo. Desde 589 y hasta la invasión sarracena de 711, en la Hispania visigoda solo existiría una legislación, y ambos pueblos se fundirían en uno solo.

Según François Guizot, tras el III Concilio de Toledo, sería la Iglesia la que ensayaría el nuevo comienzo de la civilización en España. Las leyes de los visigodos dejarían de ser «bárbaras» y de tener carácter personal; la legislación cobraría, por el contrario, un carácter sistemático y social, influyendo además la obra del clero en el gobierno del reino. Por esta razón, el catolicismo español llegó a identificar la conversión de Recaredo con el nacimiento de la nación española.

Los suevos, anteriormente paganos, se habían convertido ya al catolicismo con su rey Carriarico, siendo incorporados poco después al reino visigodo por el padre de Recaredo, Leovigildo. Los sucesores de Recaredo, especialmente a partir de Sisebuto, procuraron además la conversión de los judíos, quedando el reino de Hispania unido en la práctica de la fe católica.

La invasión árabe de la península ibérica vendría a cambiar esta realidad y durante la Reconquista coexistieron, tanto en la España musulmana como en los reinos cristianos del norte, tres religiones: el cristianismo, el islam y el judaísmo. Aunque estaban prohibidos tanto los matrimonios mixtos como la apostasía (del mahometanismo en Al-Ándalus y del catolicismo en la España cristiana), a lo largo de varios siglos se permitió generalmente a los cristianos (mozárabes) practicar su religión en las zonas bajo dominio islámico, a los musulmanes (mudéjares) en las zonas bajo dominio cristiano, y a los judíos en ambas zonas.

A pesar de la relativa tolerancia religiosa que durante los primeros siglos tras la conquista llevaron a cabo los musulmanes —que constituían aún una minoría de la población—, la convivencia entre distintos grupos religiosos y sociales en el emirato y califato de Córdoba no estuvo exenta de episodios sangrientos, como el de los mártires de Córdoba, o de revueltas de hispanos como la de Omar ben Hafsún. A medida que avanzaba la Reconquista, la población de los reinos cristianos del norte iría aumentando casi exclusivamente con los mozárabes que emigraban de los territorios bajo dominio sarraceno, o con los que eran traídos en las incursiones que los cristianos hacían en el sur. La gran persecución y represión de los cristianos mozárabes de Al-Ándalus se produciría especialmente tras las invasiones de almorávides y almohades. Los primeros decretaron la expulsión de los mozárabes en 1126, mientras que los segundos llevaron a cabo la expulsión de los judíos de al-Ándalus en 1146.

miniatura|izquierda|200px|El rey Fernando III de Castilla. Estatua ecuestre en la Plaza Nueva de Sevilla. Tras la expedición de Alfonso el Batallador, con la que colaboraron los mozárabes, una multitud de estos fueron deportados a África por decreto del emir almorávide Alí ibn Yúsuf en el año 1126 (miles de ellos lograrían regresar a España dos décadas después, estableciéndose en Toledo) y pocos años después los que habían quedado, sometidos a un hostigamiento continuo, se vieron obligados, por decreto del sultán almohade Abd al-Mumin, a emigrar a Castilla y León o islamizarse, bajo pena de la vida y confiscación de sus bienes. Según Francisco Javier Simonet, la tiranía de los almorávides era tal que los mismos musulmanes de Sevilla solicitaron la protección del emperador Alfonso VII de León, obligándose a pagarle tributo.

Reconquistada la Baja Andalucía por el rey San Fernando en el siglo siguiente, los musulmanes serían finalmente expulsados de esta región a consecuencia de la revuelta mudéjar de 1264. Tras la marcha de la antigua población musulmana, la región fue repoblándose paulatinamente con cristianos procedentes del norte.

A partir del reinado de Alfonso X el Sabio, la legislación comenzaría a recoger ya el principio de unidad católica, que quedaría reflejado en el Fuero Real, las Siete Partidas y el Ordenamiento de Alcalá.

Edad Moderna miniatura|derecha|250px|La rendición de Granada (obra de Francisco Pradilla, 1882). Tras la culminación de la Reconquista con la toma de Granada, los Reyes Católicos se propondrían recuperar definitivamente la unidad religiosa peninsular perdida en 711, pues la convivencia entre diferentes religiones en España generaba frecuentes y sangrientos tumultos. Los judíos, en particular, eran odiados por los cristianos, que los consideraban un pueblo maldito y extranjero de una codicia desmedida, y les imputaban la práctica de crímenes horrendos, como la crucifixión ritual de niños cristianos. Por su parte, los hebreos se organizaron para hacer frente a los cristianos, y en 1485 asesinaron en la Seo de Zaragoza al inquisidor San Pedro Arbués, lo cual suscitó una ola de indignación en todo el reino y acrecentó el odio hacia los judíos y los falsos conversos.