La Ley Constitucional contra el Odio, por la Convivencia Pacífica y la Tolerancia, también conocida simplemente como Ley contra el Odio, es una ley aprobada por unanimidad por la Asamblea Constituyente de Venezuela, conformada exclusivamente por militantes del PSUV y otros políticos comprometidos con el chavismo, y publicada en la Gaceta oficial N.º 41 274, del 8 de noviembre de 2017.
El proyecto de ley fue consignado a la Asamblea el 10 de agosto por el presidente Nicolás Maduro, quien declaró ante los constituyentes que «ha llegado la hora de, a través de un gran proceso político de creación de conciencia, castigar los delitos de odio, la intolerancia en todas sus formas de expresión y que se acaben definitivamente», y la discusión del proyecto inició el 4 de septiembre. La ley establece penas de 20 años de cárcel, cierre de medios de comunicación y multas a empresas y medios electrónicos, entre otras sanciones.
La ley es polémica y ha sido criticada en Venezuela, cuyos detractores señalan que está diseñada para penalizar la disidencia política al tipificarla como delito, que establece restricciones a la libertad personal y que promueve tanto la censura como la autocensura. También se ha señalado la falta de competencias de la Asamblea Constituyente para legislar, y la Asamblea Nacional de Venezuela declaró su nulidad «en rechazo al instrumento generador de odio e intolerancia promovido por Nicolás Maduro y la fraudulenta constituyente», estableciendo que la ley viola los artículos 49, 51, 57, 58, 62, 68 y 202 de la constitución venezolana.
Contenido miniaturadeimagen|Sesión completa de la Asamblea Nacional Constituyente donde se aprobó la ley, 11 de noviembre de 2017.|300x300px La ley establece como sanción entre 8 a 10 años de cárcel a funcionarios que se abstengan, omiten o retarden la consumación de un delito de odio y al personal de salud que se niegue a atender a una persona por razones de odio. El artículo 21 establece sentencias de hasta 20 años de cárcel para quien incite al odio, la discriminación o la violencia contra una persona o conjunto de personas mediante cualquier medio, y el artículo 22 legaliza el bloqueo de portales que sean considerados inadecuados por su contenido. La ley indica que la persona que difunda un “mensaje de odio” en las redes sociales deberá eliminarlo dentro de las seis horas siguientes a su publicación, o de lo contrario deberá pagar una multa que va desde cincuenta mil a cien mil unidades tributarias.
La ley también permite revocar la concesión del prestador de servicio de radio o televisión que promueva el odio o la propaganda de guerra, y señala que los medios de comunicación que no difundan mensajes "destinados a promover la paz, la tolerancia y la igualdad" serán multados con hasta 4% de los ingresos brutos causados en el ejercicio fiscal inmediatamente anterior a aquel en el que se cometió la infracción. Según la ley, la multa será depositada en el Fondo de Responsabilidad Social de Radio y Televisión.
La ley prohíbe la constitución de movimientos y organizaciones sociales que incumplan con lo establecido en su contenido. Igualmente, el artículo 11 ordena al Consejo Nacional Electoral (CNE) revocar la inscripción de las organizaciones políticas que promueven "el fascismo, la intolerancia o el odio nacional, racial, étnico, religioso, político, social, ideológico, de género, de orientación sexual, identidad de género, expresión de género y de cualquier otra naturaleza". El artículo también señala que los partidos deberán contemplar entre sus normas disciplinarias la medida preventiva de suspensión y la sanción de expulsión de las personas que contravengan la ley.
Aplicación
2018 El 3 de enero de 2018, Ronald Güemes y Erika Palacios fueron los primeros procesados por la Ley contra el Odio; ambos fueron detenidos cuando se desarrollaba una protesta vecinal contra el gobierno de Nicolás Maduro y fueron apresados en la comandancia policial de Naguanagua. Luis Armando Betancourt, coordinador de Foro Penal en Carabobo, denunció que la imputación se basó en declaraciones de funcionarios policiales que indicaron que habían expresado mensajes de perjuicios contra el presidente y calificó de irregular el proceso judicial porque la detención fue arbitraria, ya que “no estaban cometiendo ningún delito que pudieran imputarse”. Betancourt aseguró que hubo una violación del domicilio; una comisión del CICPC, el SEBIN y la policía municipal allanó los hogares de ambas personas sin ninguna orden ni autorización emitida por un tribunal en violación al artículo 196 del Código Orgánico Procesal Penal. De acuerdo con el expediente, se le incautaron cauchos, bombas molotov y morteros, lo cual fue desmentido por las víctimas durante la audiencia. Familiares de Erika denunciaron que había sido torturada por los funcionarios policiales; entre las denuncias señalan que fue esposada a un pupitre, que por cuatro horas le arrojaron agua fría al cuerpo y que una compañera de celda fue golpeada por un funcionario cuando intentó evitar que se llevaran a Erika a un interrogatorio.
El 30 de enero, la directora y el editor del periódico Región Oriente en Cumaná fueron citados por la Dirección General de Contrainteligencia Militar (DGCIM) a declarar en sus instalaciones a raíz de una denuncia realizada por la publicación del 11 de enero de un artículo del diario, el cual informa que el Partido Comunista de Venezuela advierte al gobierno de Maduro que habría razones para que en el país se presentará un estallido social como el del Caracazo, incluyendo inflación, la caída de los precios del petróleo, desabastecimiento, falta de acceso al efectivo y el deterioro del servicio de transporte. El Sindicato Nacional de Trabajadores de la Prensa (SNTP) indicó que consistía en una investigación realizada el cuerpo de inteligencia militar por delitos contemplados en la Ley Contra el Odio, siendo la primera vez que se abre una investigación contra un medio por crímenes establecidos en la ley. miniaturadeimagen|300x300px|Reacción de Nicolás Maduro al ser preguntado sobre la detención de los bomberos en Mérida y procesados bajo la Ley contra el Odio, 18 de septiembre de 2018. El 12 de septiembre, dos bomberos del estado Mérida, Ricardo Prieto de 41 años y Carlos Varón de 45 años, fueron arrestados por oficiales de contrainteligencia militar después de publicar un video en el que se retrata al presidente Nicolás Maduro como un burro donde un bombero conduce a un burro a través de la estación de bomberos en Apartaderos, estado Mérida, mientras otro habla con el animal como si estuviera guiando al presidente en una de sus visitas oficiales. El 16 de septiembre el juez Carlos Márquez ordenó que fueran juzgados por violación de la Ley contra el Odio, siendo acusados de cargos agravados de incitación al odio y pudiendo enfrentar hasta los 20 años de prisión que establece la ley si son declarados culpables. Los abogados de los acusados aseguran que los bomberos hicieron el vídeo como una broma y no para incitar al odio. El 18 de septiembre, cuando el periodista Esteban Rojas, de la agencia Agence France-Presse (AFP), le preguntó a Nicolás Maduro sobre la opinión sobre la detención en una rueda de prensa, Maduro se molestó, evitó responder la pregunta y atacó al periodista.
El médico José Alberto Marulanda fue apresado el 20 de mayo de 2018 por oficiales de la Dirección General de Contrainteligencia Militar (DGCIM), día en el que se celebraron elecciones presidenciales en Venezuela. A pesar de ser civil, cuatro días después fue presentado ante tribunales militares, el 24 de mayo, en Fuerte Tiuna, para ser imputado de cargos. De acuerdo con Alfredo Romero, director de Foro Penal, a Marulanda no le permitieron defensa al ser ingresado por la puerta trasera del tribunal. El juez militar le imputó los delitos de instigación al odio y traición a la patria. Durante su detención, Marulanda ha sido torturado por parte de funcionarios hasta llegar a quedar sordo del oído derecho tras un golpe que le dieron y de perder la sensibilidad en sus manos. Para noviembre de 2018, seis meses después de su detención, su audiencia había sido diferida seis veces.
El 15 de octubre, a solicitud de la fiscalía, un tribunal solicitó una orden de aprehensión contra el periodista de investigación Roberto Deniz por el supuesto delito de incitación al odio por los reportajes realizados contra el robo y estafa a los venezolanos a través de la importación de productos para el programa CLAP, la casa de sus padres fue allanada
2019 miniaturadeimagen|José Rafael Guzmán. En 2019, la Ley contra el Odio fue aplicada contra el comediante José Rafael Guzmán y el psicólogo Alberto Barradas. El mismo año, un tribunal del estado Barinas dictó tres meses de trabajo comunitario a un hombre acusado de instigación al odio.El 19 de diciembre de 2019 fue aplicada contra el periodista Elides J. Rojas López, quien tiene juicio abierto y enfrenta una posible pena de entre 15 y 20 años por un artículo noticioso publicado en El Universal, no escrito por él, pero que a los acusadores convenía juzgarlo. Este juicio sigue sin avanzar y sin decisiones. Simplemente existe para mantener al periodista Rojas sometido y con prohibición de salida del país.
2020 En 2020 la ONG Provea denunció la detención del médico Luis Araya por funcionarios de la DGCIM en Carora, estado Lara, por haber criticado a la vicepresidenta de Delcy Rodríguez en WhatsApp. Habiéndose imputado delitos de instigación al odio, a Araya se le dictó la medida cautelar de presentación cada 30 días ante los tribunales. miniaturadeimagen|Nicmer Evans. En julio de 2020, durante la pandemia de COVID-19, el politólogo Nicmer Evans le deseó “larga vida" a Fidel Madroñero, militante del PSUV y conductor de un programa en Venezolana de Televisión que informó que estar contagiado, "para que la justicia del hombre llegue antes que la divina”. Uno de los compañeros de Madroñero en Zurda Konducta, Pedro Carvajalino, amenazó con golpear a Evans, quien respondió que su mensaje podría calificarse como instigación al odio y añadió “Cuando quieras, Pedro” como respuesta a la oferta. El 13 de julio, funcionarios no identificados del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC) allanaron la casa de Evans y mantuvieron detenida a su familia, llevándose detenido a su hermano y abogado en calidad de testigo. Nicmer fue localizado por los funcionarios posteriormente, quienes le informaron que estaba acusado de instigación al odio y lo arrestaron. El 17 de julio su privativa de libertad fue ratificada por el tribunal de control.
El 19 de agosto de 2020 el diputado oficialista Esteban Arvelo denunció ante la sede del Ministerio Público de la ciudad de Caracas al abogado y defensor de derechos humanos José Amalio Graterol, al comunicador social Daniel Lara Farías y al escritor juvenil Juan Viale Rigo. La razón de la denuncia fue por la publicación de información sobre el fallecimiento del político oficialista Darío Vivas. Arvelo mencionó en su cuenta de Twitter que haciendo uso de sus facultades de vicepresidente de la comisión de justicia de la Asamblea Nacional Constituyente hizo una denuncia por los cargos de promoción e incitación al odio. Además de amenazar con hacer seguimiento hasta que se haga justicia.
2021