thumb|300px|Banderas en la entrada del Senado. La nación española es un concepto de especial importancia en el pensamiento político y ordenamiento jurídico español, recogido en la Constitución de 1978 cuyo artículo 2 reza: En el Anteproyecto Constitucional se recogían las líneas básicas del texto finalmente aprobado del art. 2, aunque careciendo de la mención a la nación española: La repercusión de este anteproyecto provocó que el senador constituyente Julián Marías, filósofo y discípulo de Ortega y Gasset, y condenado al ostracismo durante la dictadura por su oposición al régimen franquista, escribiera: Fue en la Comisión Constitucional del Congreso donde se concibió el artículo actual, incorporándose la expresión «Nación española» y los vocablos «indisoluble unidad» y «patria común e indivisible de todos los españoles». La votación que se produjo durante el Pleno del Congreso mostró un amplio consenso entre los principales grupos políticos con 278 votos a favor, 20 en contra y 13 abstenciones. Similar consenso se mostró en el senado con 140 votos a favor, 16 en contra y 11 abstenciones.
Discrepancias actuales sobre el concepto
Tanto Izquierda Unida como Podemos entienden a España, así expresado en sus documentos y comparecencias, como un Estado plurinacional, esto es, un Estado en cuya jurisdicción habitan distintas nacionalidades; proponiendo la federalización del estado, aunque con matices diferenciales dependiendo de la formación. Además, desde finales del diversos nacionalismos, con distinta entidad en cada uno de los territorios (especialmente en Cataluña, País Vasco y Galicia), niegan o matizan su pertenencia a una unidad nacional española, adoptando a lo largo del tiempo diferentes posiciones en cuanto a la consideración e identificación, tanto de sus territorios y poblaciones, como en cuanto a su denominación como entidades nacionales o de otro tipo; solicitando en algunos casos el reconocimiento de su derecho a la autodeterminación. Dicha idea fue defendida, en el proceso constituyente, por los diputados Barrera y Letamendía, así como los senadores Bandrés y Xirinacs quienes eran partidarios de suprimir el término nación de la constitución (así como sus adiciones «robustecedoras»), por entender que España no es una nación sino un Estado plurinacional. El senador Bandrés propuso una enmienda para el artículo 2 que decía:
Evolución del concepto de nación española a través de la historia
La «nación española» en la Edad Media En la Edad Media el concepto de «nación» se suscribía de manera muy imprecisa, relacionándose con el origen familiar o étnico y por supuesto desprovisto de soberanía popular alguna. En dicho periodo las personas, sometidas al poder de un rey, podían ser: súbditos o naturales. Pudiendo un individuo haber nacido en un reino sin necesidad de ser súbdito (como musulmanes y judíos en feudos cristianos) o ser súbdito habiendo nacido en otro lugar. De esta forma, las universidades medievales agrupaban estudiantes y maestros que se concebían como «nación», a pesar de proceder de diversos lugares.
En el caso de los reinos cristianos medievales peninsulares sus habitantes compartían una identidad amplia de hispani («españoles») como herederos de la Hispania romana y de la Reconquista, una idea que será fomentada más tarde por los humanistas renacentistas. Por ejemplo, del papa Benedicto XIII se decía que era «español de nación, del reino de Valencia».
La «nación española» en los siglos y En los siglos y el término «nación española» fue usado con frecuencia referido a los territorios de la Monarquía Hispánica, incluyendo finalmente las Indias. Sebastián de Covarrubias, en su Tesoro de la lengua castellana o española, al definir el término «nación» como «reino o provincia estendida» ponía como ejemplo precisamente «la nación española».
La primera mención documentada del sintagma «nación española» se encuentra en la Crónica de los Reyes Católicos (escrita hacia 1549) de Alonso de Santa Cruz, lo que, según Juan Francisco Fuentes no es una casualidad porque «la idea moderna de España, con una identidad cultural e histórica en ciernes, se esboza a finales del siglo con la unidad de los reinos de Castilla y Aragón bajo los Reyes Católicos». En el pasaje de la Crónica de Santa Cruz en el que aparece «nación española» se hace referencia a la conquista del reino de Nápoles por el Gran Capitán en la que «acontecieron cosas muchas y muy notables, y hechos muy señalados de guerra, a cavalleros y a otras personas de la nación española, por do de allí adelante fue muy temida y estimada en toda la provincia de Ytalia». «Es importante señalar —advierte Juan Francisco Fuentes— que la pertenencia a la "nación española" radica en el lugar de nacimiento de esos "cavalleros" y "otras personas" y que tal circunstancia era conceptuada como origen de una identidad específica precisamente al encontrarse fuera de su tierra originaria. De ello se desprende que son la lejanía y el consiguiente contraste con otros pueblos lo que confiere una identidad propia a los españoles de nacimiento o nación».
El término «nación española» en los siglos y , pues, no se utilizó en el sentido que se le dará a partir de la guerra de la Independencia española y que quedará plasmado en la Constitución Española de 1812. Así lo reconoce Javier María Donézar cuando afirma que en los siglos y «no había conciencia de unidad nacional, y menos de unidad política, tal como hoy la entendemos; todo quedaba vinculado a la “carta de naturaleza”, del mismo modo que las relaciones entre los reyes y los súbditos seguían siendo en todo punto personales». El uso más frecuente del sintagma «nación española» se refería a los nacidos en España que se encontraban fuera de ella. Así se desprende por ejemplo del título de la siguiente obra publicada en 1599 con motivo de la muerte del rey Felipe II: Sermón fúnebre que predicó el Maestro Fray Matheo de Ouando, de la Orden de los Predicadores, en las honras de Philipe Segundo, Rey de las Españas: que fueron celebradas por la nación Española en Bruselas.
Además, como ha destacado Xavier Gil Pujol, «los límites humanos y geográficos de una nación no estaban bien definidos, de modo que el término se prestaba a una amplia variedad de usos». La imprecisión del término «nación», referido a la «nación española», se puede comprobar, por ejemplo, en el caso del jurista catalán de Perpiñán Andreu Bosch (1570-1628) que cuando enumeraba las «nacions» que formaban «tota la nació espanyola» (de la que decía: «Digan de gracia quina nacio hi ha en lo mon que se puga mes gloriar de la fe, y paraula quels Espanyols, o sino entren en judici totes») mencionaba «les nacions de Castella, Toledo, Lleó, Astúries, Extremadura, Granada» juntamente con catalanes y portugueses. Otro ejemplo lo ofrece Baltasar Gracián en El Criticón (1651-1657) en el que junto con la consideración de la «nación española» como «la primera nación de Europa: odiada porque envidiada» reconocía la existencia de varias «naciones de España». En el mismo sentido se había expresado un siglo antes Cristòfor Despuig en sus Col·loquis de Tortosa (1557), obra en la que se proponía dar a conocer «varias historias... en loor... de la nación catalana», denunciando al mismo tiempo a aquellos «malévolos [autores que] no han dudado... en escribir... en ofensa de la nación catalana», e infamar así «una nación tan fidelísima y tan valerosa como es ésta entre todas las de España». Por otro lado, la nación también podía abarcar el conjunto de la Cristiandad. Así el fraile navarro Martín de Azpilicueta afirmaba que «sólo hay dos naciones en el mundo cristiano: una que combate por Cristo, otra que defiende a Satanás».
La imprecisión del término «nación española» también puede comprobarse en el siguiente texto de 1604 —fecha en la que el reino de Portugal formaba parte de la Monarquía Hispánica— del clérigo y viajero francés Barthélemy Joly referido a «los españoles»:
Así pues, en los siglos y el vocablo «nación» contenía una amplitud de acepciones, denotando distintas funciones y significados, en múltiples escritos del ámbito institucional y artístico, aunque no tardará en aparecer una tendencia mayoritaria a favor de usar el término en relación con elementos sociales y políticos, en detrimento de sus otros usos. Durante el y principios del aún se emplea en castellano una palabra del latín para expresar el concepto de procedencia de linaje, natio (traducido como nacimiento o acción de nacer).
En la Monarquía Hispánica, como monarquía compuesta que era, no existía una naturaleza española ni una única nación legal española, sino que la naturaleza de cada súbdito del rey era la del reino al que pertenecía. «Un rey, una fe y muchas naciones», así define Xavier Gil Pujol a la Monarquía española de los siglos y . «Un mismo rey era el factor decisivo compartido por todos los súbditos en los diferentes reinos y territorios que constituían la Monarquía, el que les relacionaba entre ellos y el que hacía de ellos, según se solía decir, un "cuerpo místico”"», añade Gil Pujol. Por su parte el rey tenía tantas naturalezas como reinos y territorios estaban bajo su autoridad, así que era castellano para sus súbditos castellanos y aragonés para sus súbditos aragoneses. Así pues, en los siglos y el lugar de nacimiento no era exclusivamente una expresión geográfica, una mera realidad física, sino que en la sociedad corporativa del Antiguo Régimen comportaba las leyes, costumbres y franquicias que lo regían. «Por lo tanto, ser barcelonés o castellano significaba ser partícipe de una condición jurídica determinada (junto al estatus social o estamental respectivo)», señala Xavier Gil Pujol. Esa condición («naturalización») se alcanzaba por el estatus legal del padre y, a veces, de la madre (ius sanguinis) o por el lugar de nacimiento (ius soli).
El problema de qué súbdito del rey era «extranjero» en el resto de sus dominios fue una cuestión objeto de controversia. «Así pues, el lazo recíproco de tener un mismo rey no bastaba para que enraizara una idea auténtica y universal de comunidad, dentro de la cual ningún súbdito del rey español fuera extranjero para otro. Pero sí que existía una idea de una comunidad más estrecha, aunque no homogénea, entre Castilla y la Corona de Aragón, y esa comunidad era España». Así por ejemplo, a finales del la comunidad española asentada en Roma que hasta entonces se había diferenciado entre la nación castellana, aragonesa y portuguesa, pasó a llamarse «la nación española». Para consolidar esa identidad «española» se fundó la Cofradía de la Santísima Resurrección, a la que el rey Felipe II le envió la carta siguiente, en la que vuelve a aparecer la imprecisión, en este caso territorial, del término «nación española» —nótese que, por ejemplo, incluye Cerdeña—:
thumb|300px|La Nación española según la Carta de organización de la Cofradía de la Santísima Resurrección en Roma, 1580
Así pues, en principio el término «extranjero» se refería al que era de «otro reino», pero a partir del nacimiento de la Monarquía Hispánica el punto de referencia empezó a cambiar pasando de una tierra-reino gobernada por un monarca a una tierra-reunión de reinos que constituía la suma de los reinos bajo una misma Corona. Así por ejemplo Felipe IV en 1632 prohibió «conceder naturaleza a los extranjeros de estos reinos» para que pudieran acceder a los beneficios eclesiásticos.