La Constitución de 1826, o Constitución de Rivadavia, como también es conocida, fue una fallida constitución de Argentina impulsada por el gobierno de Bernardino Rivadavia durante el período de las guerras civiles, y mientras el país se encontraba en guerra con Brasil. Fue sancionada por el Congreso General Constituyente en Buenos Aires el 24 de diciembre de 1826.

Estableció un régimen de gobierno unitario, en virtud del cual los gobernadores de las provincias quedaban bajo el mando del presidente. Durante las sesiones del Congreso General, el diputado Manuel Dorrego realizó un famoso discurso alertando sobre el peligro de disolución que significaba establecer un orden unitario, diciendo "nos hallamos sobre un volcán y es necesario precaver y paralizar su ejecución".

La Constitución de 1826 reavivó la guerra civil, desencadenando la creación de la Liga Provincial en mayo de 1827, entre once de las catorce provincias entonces existentes, que dispuso rechazar la constitución sancionada, "destruir las autoridades nacionales" y llamar a un "nuevo Congreso, cuyo sólo objeto sea constituir el país bajo la forma de gobierno federal". Un mes después, Rivadavia se vio obligado a renunciar; debilitado por la oposición de las provincias y el escandaloso tratado de paz con Brasil.

Antecedentes

La Guerra de la Independencia Argentina, que comenzó en 1810, fue seguida rápidamente por las guerras civiles argentinas, debido a las opiniones encontradas entre las provincias sobre la organización nacional. Los federales apoyaban la autonomía provincial, y los unitarios apoyaban la centralización política del país en la ciudad de Buenos Aires. La Constitución argentina de 1819, redactada por el Congreso de Tucumán, era marcadamente centralista. Fue abolida en 1820 tras la victoria federal en la batalla de Cepeda. El cargo de director supremo de las Provincias Unidas del Río de la Plata, entonces jefe de Estado, también fue abolido. Las provincias permanecieron unidas como país por el Tratado del Pilar, pero sin constitución ni jefe de Estado por el momento. Este período se conoce como la «Anarquía del Año XX».Furundarena, pp. 221-228

El Tratado de Benegas entre Buenos Aires y Santa Fe incluyó un acuerdo para convocar una nueva Asamblea Constituyente, que se reuniría en la ciudad de Córdoba. El tratado no mencionó el sistema político que se debatiría en la asamblea, ni la reacción ante la invasión lusobrasileña de la Banda Oriental. Asistieron a la asamblea representantes de Buenos Aires, Santa Fe, Córdoba, Mendoza, San Juan, La Rioja, Santiago del Estero, Tucumán y San Luis. Sin embargo, las quejas legales de los representantes de Buenos Aires impidieron que la Asamblea iniciara sus trabajos. La asamblea se clausuró poco después.Furundarena, pp. 231-239

Buenos Aires, Santa Fe, Entre Ríos y Corrientes firmaron el Tratado del Cuadrilátero para convocar una nueva asamblea constituyente, esta vez en Buenos Aires. Nuevamente, no se especificó el sistema político. El Congreso General se reunió en Buenos Aires el 27 de febrero. Dado que el número de representantes era proporcional a la población, Buenos Aires tuvo el mayor número. Doce de las trece provincias aceptaron que el Congreso se celebrara en Buenos Aires; San Luis propuso Tucumán.Furundarena, pp. 239-263

Deliberaciones El Congreso General inició sus deliberaciones en diciembre de 1824. Manuel Antonio Castro y Narciso Laprida fueron presidente y vicepresidente. El Congreso redactó inicialmente una "Ley Fundamental", que la confirmó como asamblea constituyente y designó temporalmente al gobernador de la provincia de Buenos Aires como jefe de Estado del país, hasta su creación formal. Las provincias ratificaron que formarían parte de un mismo país y conservarían sus instituciones locales hasta la sanción de las nuevas. Para evitar las resistencias provocadas por la Constitución de 1819, el artículo 7.º aclaró que la nueva constitución no entraría en vigor hasta que fuera aceptada por las provincias.Lorenzo, pp. 47-49

El Congreso aprobó un tratado de amistad con el Reino Unido en 1825, con el reconocimiento británico de la declaración de independencia argentina de 1816. También permitió a los súbditos británicos conservar su religión y construir sus propias iglesias y cementerios. El tratado también puso fin al tráfico de esclavos. El Congreso también aceptó la declaración de independencia de las provincias del Alto Perú, que se convirtieron en un nuevo país, llamado Bolivia en honor al libertador Simón Bolívar.

La invasión lusobrasileña fue resistida por la población local de la Banda Oriental, y los Treinta y Tres Orientales iniciaron una rebelión contra las fuerzas brasileñas. Convocaron el Congreso de la Florida, rechazando la anexión brasileña y solicitando la reincorporación a las Provincias Unidas. La solicitud fue aceptada en el Congreso con el voto unánime de las provincias argentinas. El gobierno de Buenos Aires informó al emperador brasileño Pedro I de esta resolución y de que los ejércitos nacionales solo reaccionarían en defensa propia. El emperador declaró entonces la guerra a las Provincias Unidas.Lorenzo, p. 50

Como resultado de la guerra, la Asamblea adoptó varias resoluciones relacionadas, con el objetivo de fortalecer el ejército y centralizar el poder. Comenzó con la organización legal de las Fuerzas Armadas argentinas, la riqueza nacional y un banco nacional. La asamblea también modificó el número de representantes, de 15.000 a 7.500. Esto permitió a cada provincia duplicar su número de representantes. Sin embargo, varios representantes no eran de las provincias que representaban: Manuel Dorrego y Manuel Moreno, ambos de Buenos Aires, representaron a Santiago del Estero y la Banda Oriental, gracias al aumento en el número de representantes.Lorenzo, p. 51

Juan Gregorio de Las Heras renunció como gobernador de Buenos Aires, por lo que Elías Bedoya, representante de Córdoba, propuso una ley para crear una figura estable de jefe de Estado: el presidente de las Provincias Unidas del Río de la Plata. Esta propuesta fue rechazada por Moreno, quien consideraba que el jefe de Estado definitivo solo debía ser nombrado una vez que la constitución estuviera terminada y definiera claramente su duración, atribuciones y sistema de elección; mientras tanto, el jefe de Estado debía seguir siendo provisional. Sin embargo, su opinión era minoritaria. La nueva ley se sancionó el 6 de febrero de 1826.Lorenzo, pp. 51-54 Inmediatamente resultó elegido presidente: Bernardino Rivadavia, con 35 votos. Carlos María de Alvear, Juan Antonio Lavalleja y Juan Antonio Álvarez de Arenales obtuvieron un solo voto cada uno.Lorenzo, p. 54 Juan Bautista Bustos, gobernador de Córdoba, rechazó el nombramiento de Rivadavia y su provincia se retiró de la Asamblea.Lorenzo, p. 55

Rivadavia propuso un proyecto de ley para declarar a Buenos Aires como capital del país. Esta propuesta fue ampliamente rechazada, tanto por las demás provincias como por los representantes de Buenos Aires. Con esta propuesta, la provincia de Buenos Aires dejaría de existir. La ciudad, todo lo que la rodeaba (como el puerto) y un territorio circundante pertenecerían al gobierno nacional. Se abolirían las instituciones de la provincia de Buenos Aires y el territorio restante se dividiría en dos provincias. La ley fue aprobada, a pesar de la gran resistencia. Las Heras renunció como gobernador y la legislatura porteña fue clausurada.Lorenzo, pp. 55-57

El Congreso solicitó a las provincias que seleccionaran el tipo de gobierno. El apoyo al republicanismo era absoluto; nadie deseaba una monarquía; pero la disputa entre centralismo y federalismo seguía siendo divisiva. Algunas provincias optaron por la organización federal y otras por la centralista; la mayoría de los miembros de la Asamblea eran centralistas.Lorenzo, pp. 59-62

Firmantes thumb|Bernardino Rivadavia, presidente de las Provincias Unidas.|317x317pxPara la sanción de aquella constitución fueron consultadas las provincias acerca de la forma de Estado: Salta y La Rioja se pronunciaron por el régimen unitario, al igual que Tucumán (que curiosamente aclaró que quería conservar sus instituciones). Mendoza, San Juan, Santiago del Estero, Tarija, Entre Ríos, Santa Fe y Córdoba se manifestaron por el sistema federal. San Luis, Catamarca, Corrientes y la Banda Oriental por lo que resolviese el Congreso, en tanto que Buenos Aires y Misiones no opinaron.

Los diputados que firmaron la Constitución de 1826 fueron:

Diputados por la Capital (Buenos Aires): José María Roxas y Patrón. Presidente - Manuel Antonio Castro - Juan José Paso - Pedro Somellera - Joaquín Belgrano - Ildefonso Ramos Mexía - Valentín San Martín - Juan Alagón - Cornelio Zelaya - Miguel Riglos. Por el territorio desmembrado de la Capital (bajo control del gobierno nacional): Mariano Andrade - Diego Estanislao Zavaleta - Valentín Gómez - Manuel Bonifacio Gallardo - Alejo Castex - José Luis Bustamante - Francisco Piñeyro - Manuel Andrés Arroyo y Pinedo. Por la Provincia de Córdoba: Eduardo Pérez Bulnes - Elías Bedoya - Mariano Lozano - Salvador Maldonado - Miguel Villanueva - José Eugenio del Portillo. Por la Provincia de Corrientes: Francisco Acosta - Pedro Feliciano Cavia - Bernardo Igarzábal - Pedro Feliciano Cavia - José Ocantos. Por la Provincia de Catamarca: Inocencio González - Miguel Díaz de la Peña - Nicolás de Avellaneda y Tula - José Antonio Barros. Por la Provincia de Entre Ríos: Evaristo Carriego - Casiano Calderón - Cipriano Urquiza - Enrique Núñez. Por la Provincia de Mendoza: Pedro Nolasco Videla - Juan de la Cruz Vargas - José Cabero - Manuel Corvalán. Por la Provincia de Misiones: Manuel Pinto - Vicente Ignacio Martínez. Por la Provincia Oriental: Manuel Moreno - Mateo Vidal - Silvestre Blanco - Cayetano Campana. Por la Provincia de La Rioja: Santiago Vázquez - Eusebio Gregorio Ruzo. Por la Provincia de Salta y Jujuy: Juan Ignacio de Gorriti - Francisco Remigio Castellanos - José I. Álvarez de Arenales - Alejandro Heredia - José Miguel Zegada (por Jujuy) - Manuel de Tezanos Pinto (por Jujuy). Por la Provincia de Santiago del Estero: Félix Ignacio Frías - Manuel Vicente Mena - Manuel Dorrego - Antonio María Taboada - José Francisco Ugarteche - Juan Antonio Neirot. Por la Provincia de Santa Fe: Francisco de la Torre - Pedro Pablo Vidal. Por la Provincia de San Juan: Francisco Narciso Laprida. Por la Provincia de San Luis: Dalmacio Vélez Sársfield - Calixto María González - Santiago Funes. Por la Provincia de Tarija: José Felipe Echazú. Por la Provincia de Tucumán: José Ignacio Garmendia y Alurralde - Gerónimo Helguera - José Antonio Medina - Juan Bautista Paz. Secretarios: Alejo Villegas - Juan Cruz Varela.La cuestión capital de la República, 1826 a 1887. Pág. 217. Autor: Arturo Bartolomé Carranza. Editor: Talleres gráficos argentinos de L. J. Rosso, 1926

Referencias

Bibliografía

Elba Cristia Rins; María Felisa Winter,(2000) La Argentina. Una historia para pensar 1976-1996. Madrid, España.

Véase también Historia del constitucionalismo argentino

Enlaces externos

Texto completo de la Constitución de 1826

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