Villasila de Valdavia es un municipio de España perteneciente a la provincia de Palencia, en la comunidad autónoma de Castilla y León. Tiene una población de e incluye, además de la localidad homónima, la pedanía de Villamelendro de Valdavia.
Geografía miniatura|Obispo Federico Melendro. miniatura|Ayuntamiento de Villasila. miniaturadeimagen|Expediente de remisión de Manuel Jacinto de Bringas, intendente de la provincia de Toro al conde de Aranda, del estado de las congregaciones, cofradías y hermandades que hay en los pueblos de dicha jurisdicción. Año expedición 1770 / 1771. En él figuran Villamelendro y Villasila con 4 cofradías, 6 fiestas y 6493 reales de Vellón de presupuesto miniaturadeimagen Forma parte de la comarca de Vega-Valdavia. Se encuentra en el margen izquierdo del Valdavia, en el kilómetro 20 de la carretera provincial P-236. Su término municipal comprende la pedanía de Villamelendro de Valdavia, además del despoblado de Cardeñosa, cuya primera mención conocida data de 1175 dentro de un volumen manuscrito perteneciente al Monasterio de Santa María de Retuerta,1 donde Fortun Monoz otorga sus heredades en dicho término al monasterio de Arenillas de San Pelayo, donde pudo haberse redactado dicha donación y que era casa filial del de Retuerta. En el Becerro de las Presentaciones de León (siglos -), la parroquia de Cardeñosa aparece mencionado junto con la de San Pedro de Villanueva dentro de las parroquias de Villasila que pertenecían al arciprestazgo de la Puebla.En la actualidad, se observan, en un corte del camino a Socardeñosa, restos de tejas y construcciones que pudieron corresponderse con el despoblado. Se desconoce el motivo y la fecha de su desaparición. Con respecto a la parroquia de San Pedro, lo más probable es que se refiera a San Pedro de Guantes, entre Villanueva de Arriba y Villaoliva de la Peña.
Historia La primera mención escrita de Villasila, junto con otros pueblos vecinos tiene lugar en 1175 dentro de un volumen manuscrito perteneciente al Monasterio de Santa María de Retuerta, donde varios vecinos de la villa firman como testigos de una donación de Fortun Monoz de sus heredades en Cardeñosa, despoblado próximo a Villasila. Entre ellos Pedro Roiz, el nieto del tal don Fortuno, Don Domingo (arcipreste), Don Iohannes (el abad), Estephan Iohannes, Petro iohannes, Don Diago (abad también), Petrus Domínguez, Iohan Domínguez, Muño Petrez y todo el concejo de Villasila. Eran casas filiales de Este monasterio Vallisoletano de Retuerta, entre otros, el monasterio de Arenillas de San Pelayo, donde pudo haberse redactado el mismo.
El 12 de enero de 1180, Alfonso VIII rey de Castilla concede fuero tanto a Villasila como a Villamelendro en Carrión de los Condes, tras la petición efectuada por los clérigos de ambas villas. Este privilegio es ratificado el l 8 de marzo de 1255 por el rey Alfonso X de Castilla en Aguilar de Campoo
El 19 de diciembre de 1186, tan sólo 6 años después del privilegio otorgado por Alfonso VIII, el régimen de ambas villas es cambiado, pasando de realengo a behetría ya que figura Pedro Rodríguez de Castro en un diploma de Alfonso VIII firmado en Arévalo, como señor de Villasila y Villamelendro. Este ricohombre castellano fue hijo de Rodrigo Fernández de Castro "el Calvo" y estuvo casado con Urraca Rodríguez de Guzmán, con la que no tuvo descendencia.
En 1189, Pedro Rodríguez de Castro, junto con su esposa, da por sus almas a la Orden de Santiago la villa de Villamelendro junto con Villasila. El comendador de Uclés Don Pero Franco se las concede a los donantes en prestimonio vitalicio con la condición de que después de su muerte queden en encomienda del comendador de Uclés. Estas condiciones se dan a partir del 18 de octubre de 1194, Alfonso VIII efectúa en Alarcos, la donación definitiva a la Orden de Santiago del Alcázar de Alarcón, la mitad de los portazgos de Alarcón y Alconchel, la aldea de las Gascas, Villasila, Villamelendro y otras heredades. Dicha donación se reitera un mes más tarde, el 24 de noviembre en Toledo, donde Alfonso VIII da además a la Orden, la mitad del portazgo de Alarcón y de Valera de Roa, las villas de Villasila y Villamelendro pero en este caso, a cambio del castillo de Alarcón, la quinta parte de las rentas de esta villa y la aldea de Las Gascas, convirtiendo ambas aldeas en villas de abadengo.
A partir de este momento el devenir de ambas villas queda marcado por la actividad de los Hospitales de Las Tiendas y Villamartín (fundado por Tello Pérez de Meneses al igual que el de San Nicolás del Real Camino), produciéndose varias anotaciones relacionadas con aportaciones destinadas al mantenimiento de estos lugares, o incluso en topónimos de Villamelendro como Matafrades o el bosque de los frailes, o el pago de Las Monjas en Villasila, el cual puede aludir a las monjas santiaguistas de Santa Eufemia.
La primera de estas anotaciones de las que se tiene noticia, tiene lugar el 8 de julio de 1212, dentro de la documentación del monasterio santiaguista femenino de Santa Eufemia de Cozuelos, donde aparecen los yernos de don Gil de Villamorco, como vendedores de unas tierras sitas en Fuente Juan Vellídez a Díaz Roiz, comendador de Campos (antiguo nombre con el que se conocía al valle de la Valdavia) y de Villasila para la Orden de Santiago.
En 1231, D. Alfonso Martínez y Don García Martínez, junto con sus esposas Doña Mari Roiz y Doña Alda, fundan en el Hospital de Villamartín un aniversario por su alma, la de sus padres y parientes entregando como compensación sus propiedades en Villasila, Villamelendro, Villanueva de Arriba, Villafría de la Peña, Amayuelas de Abajo y Villafolfo. Se indica además que cada año se envíe, del pedido de Villasila, 9 maravedíes a la frontera o se le mandase al Maestre de La Orden de Santiago, así como que no se venda nada de los montes de Villasila para poder así dar servicio a los pobre, clérigos y abastecimiento de este hospital.AHN OO. MM. Sec. Sellos, 325/19 Estas son las cosas que firman don garcía martínez y don alfonso martínez y sus mujeres doña mari roiz y doña alda. Al hospital de villa martin por sus almas y por almas de sus padres y de sus madres y de sus parientes. Firman que canten siempre .V. clérigos y .Y?. monagielos en sta maría de villa martín por sus almas y que fagan cada anno anniversario por su almas. el día que cada uno delos passare de deste sieglo. Hi el día del anniversario de cada uno delos ayan los clerigos .Y?. 0201?. por pitanza y aquel día del aniversario de cada uno delos den a .II. povres .IIII. 0201 en vestido. y que arda siempre .y. lampadas ante el altar de sta maría de día y de noch de oho dovas. E ponemos? palos povres del hospital de villa martin que ayan los povres que albergare.dos dos panes de los que passaren de dia menos? panes y ponemos para los povres que albergare que ayan sennas jiaras de vino y los que passaren de dia otras sennas jiaras de vino. E ponemos que ayan carne los povres que albergare .III. días en la semana y gmos? povres passaren de dia y gmos? a la noch albergare que ayan so ración de conducho y este conducho puede aver de sus huertos. y queso y queso y manteca ayan delos ovejas lo que les dros der? E ponemos que del pedido de villa sila den cada anno .XI. 0201. a la frontera o mandar el maestro de la orden de cavalleria de Santiago. E para cumplimiento destos clerigo y destos monazielos e de los povres y de todas cosas devant diehar y para abastecimiento para toda la casa de villa martin dejamos a mestrula? piedad de dios queriendo delegamos villa sila y villa melendro y villa nova y villa fria y amayolas de yuso y en villa frolfo y legamos la renda de carrión y dejamos villa martin y todas su pertenencias de todos estos logares sobrenombrados qantas rendas exigen desi por siempre que todo sea posto para cumplimiento destas cosas devan dichas. E ponemos que los montes de villa sila nunqua vendan delos nada mas tengan palos povres del hospital de villa martin y para los clerigos y para abastecimiento de la casa. E besamos las manos al maestro de la orden de la cavalleria de santiago y al cabildo de essa orden mesma e pedimosles merced que esta cosa que sea siempre atenduda e que mientras nos seremos vivos vengannos visitar cada anno y fagan nos esta cosa tener y despues deste sieglo passaremos faganlo cumplir al comendador de la casa de villa martin que hi sur. E nos don pedro gonzalez por la gracia de dios maestre de la orden de la cavalleria de santiago en uno con el cabildo general de nuestra orden otorgamos y confirmamos todas estas cosas sobre dichas assi cuemo de suso son escritas y de parudas e prometemos en dios que assi las tendremos e las cumpliremos y las faremos cumplir en nuestra vida cuemo de suso son dichas y que para siempre más assí sean tenudas y cumplidas hasta el fin del mundo en quanto que nos con dios y con orden lo podemos fazer lo ponemos y lo delegamos en la virtud del nuestro señor thu est. sobre las almas de los maestros y de los freires de la orden de santiago hasta la fin del mundo que assi lo tenga e lo cumplan y sino que dios a ellos lo demande. E por que esta carta sea más firme para siempre ponemos y silos? seyelos. facta carta mmse february era .M.CC..LX.IX. regnado el rei don fernando con su muger la reina doña beatriz y con su madre la reina doña berenguela en toledo y en castiela y en leon. Alferez Don lop diaz. Mayordomo Don gonzalo roiz. Arzobispo en toledo Don roi jimenez. Obispo en palencia don tello. Obispo en burgos Maestre mauriz. Merino maior Alvar roiz de ferrera.
El 16 de noviembre de 1288, dentro del catálogo de regestas del Monasterio de Santa Eufemia de Cozuelos, se firma en Villasila un documento por el cual Don Pedro Fernández, maestre de la Orden de la Caballería de Santiago se dirige a los comendadores, concejos, alcaldes, jueces, y portazgueros, concediendo libertad de pastos y aguas a los ganados del monasterio de Santa Eufemia en todo el reino de León.
Entre 1350 y 1366, se describen ambos pueblos dentro del Becerro de las Behetrías de Castilla, mandado escribir por Pedro I de Castilla, donde se detalla lo siguiente:
El 21 de febrero de 1527, durante el capítulo general de la orden, que tuvo lugar en Valladolid, y el cual estuvo presidido por Carlos V, se inició el examen de los libros de las visitaciones realizadas en Castilla la Vieja por Lope Sánchez Becerra y Juan Alonso, sacerdote de Montemolín, los cuales detallan una serie de acuerdos con respecto a las posesiones de la Orden en esta provincia eclesiástica. Entre ellos figuran los relativos al Hospital de las Tiendas y de Villamartín, haciendo referencia a que se debe costear sendas cajas de medio marco de plata para el Santísimo Sacramento, con destino a Villasila y Villamelendro (una para cada parroquia), así como averiguar si siguen vigente los derechos que pudo tener la Orden sobre un pozo antiguo, tierras y casas.
El 4 de junio de 1537, el propio Carlos V, como administrador perpetuo de la orden de Santiago, mediante su consejero Antonio de Luján resuelve la petición de Antonio de Valderrábano a favor del administrador del hospital de las Tiendas y de Villasirga (anteriormente de Villamartín), mediante la cual solicita una carta en el que se ratifica el privilegio otorgado por Alfonso VIII primero, que fue confirmado por Alfonso X posteriormente. Esta carta es pedida porque el mencionado administrador la necesita como prueba ante cierto pleito civil y criminal que tuvo lugar en Villasila y Villamelendro y del cual desconocemos los detalles