thumb|upright|Detalles de un mapa de 1620 "Mapa de Sumatra" por Hessel Gerrits, un cartógrafo con el Servicio Hidrográfico de la Dutch East India Company. La ubicación de la isla de "Pedrablanca" (Pedra Branca) esta marcada en el mapa.
La Disputa de Pedra Branca ICJ 2 fue una disputa territorial entre los países de Singapur y Malasia sobre varios islotes al este de la entrada del estrecho de Singapur, esto es Pedra Branca (previamiente llamado Pulau Batu Puteh y ahora Batu Puteh por Malasia), Middle Rocks y South Ledge. La disputa comenzó en 1979 y fue en su mayoría resuelta por la Corte Internacional de Justicia (ICJ) en 2008, la cual opinó que Pedra Branca pertenecería a Singapur y Middle Rocks pertenecería a Malasia.
A principios de 1980, Singapur presentó una propuesta formal contra Malasia en respuesta a un mapa publicado por Malasia en 1979 reclamando Pedra Branca. En 1989 Singapur propuso someter la disputa a la ICJ. Malasia estuvo de acuerdo a esto en 1994. En 1993, Singapur también reclamó los islotes cercanos a Middle Rocks y South Ledge. En 1998 los dos países acordaron en un texto de un "Acuerdo Especial" que se necesitaba para someter la disputa al ICJ. El Acuerdo Especial fue firmado en febrero del 2003 y la ICJ fue notificada formalmente del acuerdo en julio de ese mismo año. La audiencia frente a la ICJ fue sostenida durante tres semanas en noviembre del 2007 bajo el nombre de Soberanía sobre Pedra Branca/Pulau Batu Puteh, Middle Rocks y South Ledge (Malasia vs. Singapur).
Singapur discutía que Pedra Branca era terra nullius y que no había evidencia de que la isla hubiera estado en algún momento bajo la soberanía del Sultanato de Johor. En el evento la corte no aceptó este argumento, Singapur contendió que la soberanía sobre la isla había pasado hacia Singapur debido a un consistente ejercicio de autoridad sobre la isla de Singapur y su predecesor, el Reino Unido. Las acciones tomadas incluyeron seleccionar Pedra Branca como un sitio para el faro Horsburgh y la construcción del faro, requiriendo oficiales de Malasia deseando visitar la isla para obtener permisos, instalar estaciones militares de retransmisión en la isla, y estudiar la factibilidad de reclamar al terreno alrededor de la isla. Malasia había permanecido en silencio en vista de estas actividades. Además, se había confirmado en una carta de 1953 que Johor no reclamaba la propiedad de la isla y que no había publicado reportes oficiales ni mapas indicando Pedra Branca como territorio de Singapur. Middle Rocks y South Ledge debieron ser referidas como dependencias de Pedra Branca.
El caso de Malasia fue que Johor tenía el título original de Pedra Branca, Middle Rocks y South Ledge. Johor no había cedido Pedra Branca hacia el Reino Unido, sino que simplemente había dado permiso para la construcción y mantenimiento del faro en la isla. Las acciones del Reino Unido y Singapur con respecto al Faro Horsburgh y las aguas rodeando la isla, no fueron acciones del soberano de la isla. Después la carta de 1953 había sido desautorizada, los reportes oficiales y mapas que habían sido emitidos eran ya sea inconclusos o irrelevantes.
El 23 de mayo del 2008 la corte decidió que Pedra Branca estaba bajo la soberanía de Singapur mientras que Middle Rocks pertenecía a Malasia. Con respecto a South Ledge, la corte notó que caía dentro del aparte traslape de las aguas territoriales generadas por tierra firme de Malasia, Pedra Branca y Middle Rocks; ya que es una característica marítima visible solo en marea baja, pertenece al estado de las aguas territoriales en donde se encuentra ubicado. Malasia y Singapur han establecido lo que han llamado el Comité Técnico Conjunto para delimitar la frontera marítima en el área alrededor de Pedra Branca y Middle Rocks, y, para determinar la pertenencia de South Ledge.
Disputa
Pedra Branca es un pequeño afloramiento de granito ubicado a 25 millas náuticas (46 km) al este de Singapur y a 7.7 millas náuticas (14.3 km) al sur de Johor, Malasia,, para. 16. donde el Estrecho de Singapur se encuentra con el Sur del Mar de China. Hay dos características marítimas cerca de la isla: Middle Rocks con 0.6 millas náuticas (1.1 km) al Sur de Pedra Branca, que consiste de dos agrupamientos de rocas pequeñas con 250 metros entre ellos; y South Ledge con 2.2 millas náuticas (4.1 km) al sursudoeste de Pedra Branca, el cual solo es visible en marea baja.Pedra Branca case, para. 18.
Singapur ha administrado Pedra Branca desde que el faro Horsburgh fue construido en la isla por su predecesor, el Reino Unido, entre 1850 y 1851. Singapur fue cedido por el Sultán Hussein Shah y Temenggung Abdul Rahman Sre Maharajah de Johor a la British East India Company bajo un tratado de amistad y alianza el 2 de agosto de 1824 (El tratado Crawfurd); este pasó a ser parte de los Asentamientos Estrechos en 1826. Cuando el faro fue construido en la isla, los Asentamientos Estrechos estaban bajo el mandato Británico por medio del Gobierno de India.Pedra Branca case, paras. 22 and 24.
El 21 de diciembre de 1979, el director del Mapeo Nacional de Malasia publicó un mapa titulado aguas territoriales y límites continentales de Malasia, mostrando Pedra Branca como dentro de sus aguas territoriales. Singapur rechazó este "clamo" en una nota diplomática el 14 de febrero de 1980 y demandó que el mapa fuera corregido.Pedra Branca case, paras. 30 and 31. A finales de los años 1980, el fiscal general de Singapur, Tan Boon Teik, fue enviado por el primer ministro de Singapur Lee Kuan Yew para mostrar la evidencia documentada del caso para demostrar al fiscal general de Malasia la fuerza de caso de Singapur.. Sin embargo, la disputa no fue resuelta por el intercambio de correspondencia de pláticas intergubernamentales en 1993 y 1994. En la primera ronda de pláticas en febrero de 1993 el problema de la soberanía sobre Middle Rocks y South Ledge también fue mencionada. Malasia y Singapur entonces concordaron en poner la disputa frente a la Corte internacional de Justicia (ICJ).
Cuestiones del Procedimiento 350px|thumb|La ubicación aproximada de Pedra Branca en la parte Sur del Mar de China en relación con los países alrededor.
Singapur primero sugirió someter la disputa territorial a la ICJ en 1989. La sugerencia fue aceptada por Malasia en 1994. En 1998, el texto del Acuerdo Especial para traer los asuntos frente la ICJ fue aceptado y el acuerdo fue firmado por los dos países en Putrajaya, Malasia, el 6 de febrero del 2003.. See also . Se notificó a la corte en julio del 2003.Pedra Branca case, para. 31. El caso fue asignado bajo el nombre de Soberanía sobre Pedra Branca/Pulau Batu Puteh, Middle Rocks y South Ledge (Malasia vs. Singapur).
Siguiendo las instrucciones dadas por la corte, las partes intercambiaron memorials el 25 de marzo del 2004, contra-memorials el 25 de enero de 2005, y respuestas el 25 de noviembre del 2005.Pedra Branca case, paras. 4 and 5; . Mientras que las partes informaron a la corte por medio de una carta el 23 de enero del 2006 qué réplicas eran innecesarias, los procedimientos escritos fueron cerrados.Pedra Branca case, para. 6. La corte determinó por sorteo que Singapur presentaría su caso primero.Pedra Branca case, para. 9. Las audiencias públicas fueron presentadas entre el 6 y 23 de noviembre de 2007, con Singapur presentando su caso del 6 al 9 de noviembre, y Malasia haciendo lo mismo desde el 13 hasta el 16 de noviembre de 2007. A cada país se le fueron dados dos días para responder, con las fechas de 19 y 20 de noviembre para Singapur y el 22 y 23 de noviembre para Malasia.Pedra Branca case, para. 12.; ; . Las personas que hablaron por las dos partes fueron:
Por parte de Singapur: Tommy Koh, embajador en Misión Especial, ministro de asuntos foráneos (Singapur); profesor de leyes en la Universidad Nacional de Singapur (actuando como agente de Singapur); Chao Hick Tin, fiscal general de Singapur (consejero y abogado); Chan Sek Keong, jefe de Justicia de Singapur (consejero y abogado); Alain Pellet, profesor en la Universidad X Nanterre de París; miembro y expresidente de la comisión internacional de leyes de las Naciones Unidas; miembro asociado del instituto internacional institut de Droit (Consejero y Abogado); Ian Brownlie, C.B.E., Q.C., F.B.A.; miembro de English Bar; Presidente de la comisión internacional de leyes de ONU; Emeritus Chichele Profesor de leyes públicas internacionales, University of Oxford; miembro de Institut de Droit International; Distinguido compañero, All Souls College, Oxford (Consejero y Abogado); Rodman R. Bundy, avocat à la Cour d'Appel de París; miembro de New York State Bar Association; Frere Cholmeley/Eversheds, París (Consejero y abogado); Loretta Malintoppi, avocat à la Cour d'Appel de París; miembro del Rome Bar; Frere Cholmeley/Eversheds, París (Consejero y Abogado); y S. Jayakumar, Deputy Prime Minister; ministro de ley y ministro coordinado para Seguridad Nacional; Profesor de leyes de la Universidad Nacional de Leyes (Consejero y Abogado). Por parte de Malasia: Abdul Kadir Mohamad, embajador en misión especial, ministro de asuntos exteriores, Malaysia; consejero de Asuntos Exteriores del primer ministro (agente de Malasia); Farida Ariffin, embajador de Malasia para los Países Bajos (Co-Agente); Abdul Gani Patail, fiscal general de Malasia (Consejero); Elihu Lauterpacht, C.B.E., Q.C., profesor de ley Internacional, Universidad de Cambridge; miembro del Institut de Droit International; miembro del Permanent Court of Arbitration (Consejero); James Crawford, S.C., F.B.A., Whewell Profesor de Ley Internacional, University of Cambridge; miembro del Institut de Droit International (Consejero); Nicolaas Jan Schrijver, Profesor de Ley internaciona Pública, Leiden University; Miembro asociado del Institut de Droit International (Consejero); Marcelo G. Kohen, Profesor de Ley Internacional, Graduado del Instituto Internacional, Ginebra; miembro asociado del Institut de Droit International (Consejero); y Penelope Nevill, conferencista, Downing College, Cambridge.
El caso fue presidido por el juez vicepresidente de la ICJ Awn Shawkat Al-Khasawneh, junto con otros 13 jueces y dos jueces ad hoc puestos por los dos países. Los jueces fueron Raymond Ranjeva de Madagascar, Shi Jiuyong de la República popular de China, Abdul G. Koroma de Sierra Leone, Gonzalo Parra Arangueren de Venezuela, Thomas Buergenthal de los Estados Unidos, Hisashi Owada de Japón, Bruno Simma de Alemania, Peter Tomka de Eslovaquia, Ronny Abrahan de Francia, Kenneth Keith de Nueva Zelanda, Bernardo Sepúlveda Amor de México, Mohamed Bennouna de Moroco y Leonid Skotnikov de Rusia. Mientras que la banca de la corte no incluía ningún juez de nacionalidad de alguno de los dos países, las partes ejercieron su derecho a elegir jueces ad hoc a estar en el caso. Singapur puso a Pemmaraju Sreenivasa Rao de la India y Malasia a Crhistofer John Robert Dugard de Sudáfrica.Pedra Branca case, para. 7.
Caso de Singapur thumb|left|Una pintura de Pedra Branca de 1882 antes de que el Faro Horsburgh fuera construido en ella. Se cree que John Turnbull Thomson comisionó al artista, Captain Thomas Robertson, a producir la pintura basada en un bosquejo de Thomson de 1850..
Pedra Branca terra nullius