Se llamaba contenta a la certificación que daba el alcalde o autoridad municipal del lugar por donde transitaba o en que residía una tropa, de su Conducta o Comportamiento. Recíprocamente, es la que el jefe daba al pueblo de su buena Asistencia.
El Reglamento español de 1 de octubre de 1845 decía en su artículo 43:
Referencias
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