Se conoce como cabalgada a un pequeño destacamento de caballería con infantería que salía en la Edad Media a una expedición, incursión, algara, razia, aceifa, correría o golpe de mano rápido contra el enemigo al abrigo de la sorpresa, de rebato, sin pretender conservar la tierra invadida, sino solo destruir, saquear, intimidar y desmoralizar.
El sentido de esta palabra debía ser lato y abrazar todo destacamento, incursión o correría. El título 5 del Fuero dice: . Y el 32:
Tampoco prescribía que el cuerpo destacado fuese exclusivamente de caballería pues el título 7 empieza:
La cabalgada presuponía siempre botín como prenda de victoria y así el título 7 explica detalladamente la cuota proporcional que a cada individuo correspondía y crea para repartirla un empleo especial que llama cuadrillero. La ley de las Partidas mencionada dice:
El Fuero sobre el fecho de las cavalgadas El es un curioso códice en folio, escrito en pergamino a dos columnas y de letra al parecer del , que el rev. p. fray Jaime Villanueva encontró en Perpiñán, registrando su biblioteca pública en 1807. Es una colección fabulosa de leyes del fuero militar atribuida a Carlomagno, pero muestra evidente la posterioridad de su fecha por la mención que hace del Fuero de Alcaraz en los capítulos 87 y 93. Aunque la colección sea efectivamente fabulosa en su conjunto, no lo son sus leyes, tomadas en su mayor parte literalmente de fueros municipales conocidos, especialmente de ese mismo de Alcaraz. Sin duda el autor, para dar autoridad mayor a su compilación, supuso que el Emperador Carlomagno la dio a los reyes cristianos para que juraran su observancia. La Academia de la Historia, comprendiendo en su ilustración que este códice, pese a su reconocida falsedad, es un monumento curioso para el conocimiento de la Historia de la Milicia Española en la Edad Media, lo insertó con luminosas notas y glosario en su , T. II. pág. 439.
Efectivamente en él, a vuelta de algunas contradicciones y repeticiones, se percibe el espíritu de orden y de legalidad que debe presidir toda expedición militar aun en los rudos tiempos de aquellas cabalgadas. Los primeros títulos designan atribuciones de jefes, como adaliles y almucatenes, asignan las partes proporcionales de botín, recomiendan la equidad en el reparto, niegan parte en este a los cabalgadores que no entren en cuerpo —todos en uno — a villa o ciudad, etc.
El título 15 En el 19 se castiga con muerte por traición El 17 pretende regularizar el pillaje, único fin y objeto de la cabalgada, prohibiendo En el 20, el que robase de un maravedí de oro arriba En el 38, que permite quedarse con el caballo y las mejores joyas del caballero derribado, es con condición previa de mostrarlas en el plazo de nueve días al cuadrillero repartidor. En el 48 prescribe al adalid que persiga sin tregua y prenda donde encuentre al Y el 72 El tit. 85 El 18 , es una curiosa tarifa que no debe admirarnos en aquellos tiempos. El 34 En un código destinado a regularizar el pillaje no están de más las repeticiones para que sea siempre en cuerpo y para proteger, en lo posible a los hombres sueltos e inofensivos y a los En el título 54 se previene el caso Los que quedaban en el pueblo guardándolo, no quedaban desatendidos, pues el título 58 previene la parte proporcional de botín. El título 60 previene Así como en el 62 El 89,
Los extractos literales que anteceden contribuirán a fijar las ideas sobre una época desfigurada por novelistas y poetas y no muy bien retratada en la historia. No era siempre aquello como algunos pretenden, justas, torneos y galanterías. En el hombre es congénito el sentimiento de adquisición y de medro y cuanto más se aproxima al estado primitivo, menos entiende de glorias y honores convencionales.
Véase también
Apellido Fonsado
Bibliografía
Diccionario militar, etimológico, histórico, tecnológico,... José Almirante, 1869
Categoría:Caballería