La comunidad internacional considera que el establecimiento de asentamientos israelíes en los territorios ocupados en 1967 son ilegales según el derecho internacional, dado que el artículo 49 de la Cuarta Convención de Ginebra, de la que Israel es firmante, especifica que "la Potencia ocupante no podrá efectuar la evacuación o el traslado de una parte de la propia población civil al territorio por ella ocupado". Sin embargo, Israel mantiene que los asentamientos son compatibles con el derecho internacional, ya que no está de acuerdo en que el Cuarto Convenio de Ginebra se aplica a los territorios ocupados tras la guerra de los Seis Días. El Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, la Asamblea General de las Naciones Unidas, el Comité Internacional de la Cruz Roja, la Corte Internacional de Justicia y las Altas Partes Contratantes en la Convención de Ginebra afirman que el Cuarto Convenio de Ginebra se aplica en este caso.

Numerosas resoluciones de la ONU han declarado que la construcción y existencia de los asentamientos israelíes en Cisjordania, Jerusalén Este y los Altos del Golán son una violación del derecho internacional, incluyendo las resoluciones del Consejo de Seguridad de la ONU en 1979, 1980 y 2016. La resolución 446 del Consejo de Seguridad de la ONU se refiere a la Cuarta Convención de Ginebra como instrumento jurídico internacional aplicable, y exhorta a Israel a desistir de la transferencia de su propia población a los territorios o el cambio de su composición demográfica. La resolución 2334 del Consejo de Seguridad de la ONU, aprobada el 23 de diciembre de 2016, es de obligado cumplimiento para todos los países miembros de la ONU al ser vinculante, y afirma que dichos asentamientos «no tienen validez legal» y los califica como una «flagrante violación» del derecho internacional, demandando a Israel detener tales actividades y cumplir escrupulosamente las obligaciones y responsabilidades jurídicas que le incumben como «poder ocupante» en virtud del Cuarto Convenio de Ginebra relativo a la Protección debida a las Personas Civiles en Tiempo de Guerra, del 12 de agosto de 1949.

La posición de los sucesivos gobiernos israelíes es que todos los asentamientos autorizados son totalmente legales y de conformidad con el derecho internacional, a pesar de los acuerdos de armisticio de Israel tiene, siendo todos con las Altas Partes Contratantes. Israel (1951); Egipto (1951); Jordania (1951); Líbano (1952); Siria (1953). En la práctica, Israel no acepta que el Cuarto Convenio de Ginebra se aplique de iure, pero ha afirmado que en cuestiones humanitarias, serán autogobernadas de facto por sus disposiciones, sin especificar cuáles son estas.Gerson, Allan (28 de setiembre de 1978). Israel, the West Bank, and International law. Routledge. p. 82. ISBN 0-7146-3091-8Roberts, Adam. «Decline of Illusions: The Status of the Israeli-Occupied Territories over 21 Years» en International Affairs (Royal Institute of International Affairs 1944–). Vol. 64, No. 3. (Summer, 1988). pp. 345–359. La mayoría de los expertos legales sostienen los asentamientos violan el derecho internacional, mientras que otros han ofrecido opiniones disidentes que apoyan la posición israelí.

Antecedentes Poco después de la independencia, la Corte Suprema de Israel dictaminó que los principios fundamentales del derecho internacional, aceptados como vinculantes por todas las naciones civilizadas, iban a ser incorporados en el ordenamiento jurídico interno de Israel. David Kretzmer. «Place of customary international law» en International Law in Domestic Courts: Israel, pp. 5-6. David Kretzmer. «Application of International Law» (capítulo 2), en The Occupation of Justice. A raíz de la guerra de los Seis Días de 1967, Israel controlaba la península del Sinaí, la Franja de Gaza, Cisjordania y los Altos del Golán. Inmediatamente después de la guerra, el gobierno israelí autorizó la construcción de asentamientos militares con fines de seguridad. Fueron construidos en la periferia de los territorios, a lo largo de las fronteras jordanas y sirias, y a lo largo de los bordes de la península del Sinaí. Al mismo tiempo, Israel comunicó que estaba dispuesto, en principio, a devolver la mayor parte del territorio recién capturado. Tanto el Ministro de Justicia como el asesor legal del Ministro de Asuntos Exteriores israelíes avisaron en 1967 que la implantación de asentamientos en territorio ocupado supondría una violación del Cuarto Convenio de Ginebra, diseñado para proteger a los civiles en tiempos de conflicto bélico.Black, Ian (2017). Enemies and Neighbours: Arabs and Jews in Palestine and Israel, 1917-2017 (en inglés). Penguin Books. p. 208. ISBN 9780241004432. Consultado el 23 de junio de 2019. Levi Eshkol ofreció devolver los territorios con sólo modificaciones fronterizas menores. Sin embargo, con el permiso del gobierno concedido, Kfar Etzion fue restablecida en septiembre de 1967, convirtiéndose en el primer asentamiento civil que se construyó en Cisjordania. Durante la década de 1970, la Corte Suprema de Israel dictaminó regularmente que el establecimiento de asentamientos civiles por los comandantes militares fue legal sobre la base de que formaban parte de la red de defensa territorial y se consideraron medidas temporales necesarias para fines militares y de seguridad. Después de que el Likud llegó al poder en 1977, se tomaron los territorios sobre la base del Convenio de La Haya de 1907, lo que implicó un carácter temporal de la presencia israelí, y ya no fue empleado más, ya que el nuevo gobierno declaró la tierra de Cisjordania como «terrenos estatales».

En 1978 y 1979 la Corte Suprema de Israel, impulsada por las nuevas políticas gubernamentales, se pronunció sobre dos casos importantes que establecen los requisitos para la legalidad de los asentamientos israelíes en el derecho internacional. En Ayauub et al. vs. Ministro de Defensa (caso Beit-El Toubas), la Corte determinó que las Convenciones de La Haya, pero no los Convenios de Ginebra, podrían ser aplicadas por los tribunales israelíes sobre cuestiones de la tierra y de asentamientos en los territorios ocupados. Al año siguiente, la Corte se pronunció sobre Dwikat et al. vs. el Gobierno de Israel (caso Elon Moreh), destacando las limitaciones de las Convenciones de La Haya en la adquisición de tierras de Israel y los asentamientos. Los asentamientos, ya sea en tierra privada o pública, no podrían considerarse permanentes, ni los terrenos podrían ser confiscados de forma permanente, solamente requisados temporalmente. Los asentamientos en terrenos privados eran legales únicamente si se determinaba que era una necesidad militar; el propietario original retenía el título de la tierra y se debía pagar las cuotas de alquiler para su uso. «La posesión [de las tierras públicas] no puede ser enajenada, ni su carácter básico transformado».

En 2004, una opinión consultiva de la Corte Internacional de Justicia llegó a la conclusión de que Israel había incumplido sus obligaciones en virtud del derecho internacional mediante el establecimiento de asentamientos en Cisjordania, incluyendo Jerusalén Este, y que Israel no podía invocar un derecho a la legítima defensa o en estado de necesidad con el fin de excluir la ilicitud de la imposición de un régimen que es contrario al derecho internacional. Asimismo, la Corte concluyó que el gobierno israelí atentaba contra los derechos humanos básicos de los palestinos al impedir la libertad de movimiento de los habitantes del territorio palestino ocupado (con la excepción de los ciudadanos de Israel) y su ejercicio del derecho al trabajo, a la salud, a la educación y a un nivel de vida adecuado. El 19 de julio de 2024, este mismo tribunal dictaminó que los asentamientos israelíes «violan el derecho internacional», pues «equivalen a una anexión permanente que impide la autodeterminación de los palestinos», por lo que dictaminó que Israel debe «detener los asentamientos y evacuar a los colonos».

Estatus de los territorios Aunque todas las áreas en cuestión fueron ocupadas por Israel en la guerra de los Seis Días en 1967, Israel las ha tratado en tres formas diferentes:

«Jerusalén Este»: Jerusalén y sus alrededores se concibieron como una zona internacional bajo administración de las Naciones Unidas en el plan de partición de 1947, que fue aceptado por Israel, pero rechazado por todas las naciones árabes. En 1948, Jordania capturó y anexó la mitad oriental de Jerusalén, mientras que Israel capturó y anexó el oeste. Después de la guerra de los Seis Días en 1967, Israel se anexionó la parte oriental, junto con varios pueblos en los alrededores. En 1980, la Knéset aprobó la Ley de Jerusalén afirmando que «Jerusalén, completa y unida, es la capital de Israel». Altos del Golán: La ley israelí de los Altos del Golán de 1981 ordena que la aplicación de las «leyes, jurisdicción y administración» israelíes en ese territorio, capturado a Siria en 1967. El público ve la medida como una anexión, pero la propia ley se abstuvo de utilizar el término oficialmente. La Franja de Gaza y Cisjordania formaban parte de las áreas ofrecidas por la ONU para el futuro Estado árabe de Palestina en el Plan de Partición, que fue rechazado por los árabes. Desde 1948 hasta 1967, la Franja de Gaza fue ocupada por Egipto así como Cisjordania fue anexada a Jordania. Junto con la anexión de Jerusalén Este mencionada anteriormente, la anexión jordana de Cisjordania fue reconocida solo por Reino Unido, Irak y Pakistán. Desde 1967, Cisjordania está bajo ocupación militar. Gaza también fue ocupada en 1967, pero después de la retirada unilateral de Israel en 2005 el estatus se ha discutido, con opiniones encontradas sobre si o no la ocupación ha terminado.

Tanto la Ley de Jerusalén como la de los Altos del Golán han sido consideradas ilegales por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (resoluciones 478 y 497, respectivamente), y no son reconocidas por la comunidad internacional. Los Estados Unidos se abstuvieron en la votación de la Resolución 478 y el Congreso de Estados Unidos (que no define la política exterior estadounidense) aprobó la Ley de la Embajada de Jerusalén,U.S. position on Jerusalem – statement before the House Foreign Affairs Committee – transcript. U.S. Department of State Bulletin, August, 1984 reconociendo a Jerusalén como la capital de Israel. Estados Unidos considera que algunas partes de Jerusalén no están en IsraelCRS Report for Congress Israeli-Arab Negotiations: Background, Conflicts, and U.S. Policy Updated February 23, 2008 (p. 38, párrafo 1, final). y su posición oficial es que el estatus de la ciudad debe resolverse en las negociaciones. La Unión Europea considera que Jerusalén es un corpus separatum,"Europe Affirms Support for a Corpus Separatum for Greater Jerusalem""Reaction by Foreign Minister Sharon on the EU stand on Jerusalem, 11 March 1999. y las Naciones Unidas consideran que la proclamación de Israel de Jerusalén como su capital es «nula y sin efecto».GA resolution 63/30

Israel ha firmado tratados de paz con Egipto (retirando todos los asentamientos israelíes y devolviendo la península del Sinaí a la soberanía egipcia) y con Jordania (entregando pequeños sectores a la soberanía de Jordania); actualmente no existen tratados de paz que rigen las fronteras de Israel relacionadas con Cisjordania, la Franja de Gaza y los Altos del Golán. Por lo tanto, Israel afirma que las líneas de armisticio (conocidas como la Línea Verde) de 1949 no tienen otra condición jurídica. Los palestinos se oponen a este punto de vista, declarando que el tratado de paz entre Israel y Jordania no alteraba el estado de los territorios próximos bajo control israelí durante las hostilidades de 1967 (artículo 3 (2)).