El Segundo Estatuto Político de la Provincia de Costa Rica fue emitido el 16 de mayo de 1823 por el gobierno interino y Segundo Congreso Provincial de la Provincia de Costa Rica.Aguilar B., Aguilar Óscar (1974). La Constitución de 1949. Antecedentes y proyecciones. San José, Costa Rica: Editorial Costa Rica. Se emitió justo después de la guerra de Ochomogo cuando el bando monarquista afincado en Cartago y Heredia y encabezado por Joaquín de Oreamuno como su comandante de armas, fue derrotado por el bando republicano comandando por Gregorio José Ramírez y que gravitaba en torno a San José y Alajuela.

Ramírez derrotó a Oreamuno el 5 de abril en la batalla de Ochomogo y asumió el poder hasta el 16 de abril cuando lo entregó a un Congreso Constituyente que lo ejerció entre el 16 de abril y el 10 de mayo de 1823, presidido por José María de Peralta y La Vega. Este Congreso confirmó a Ramírez en el puesto de comandante general de Armas, impuso la sede de gobierno en San José y promulgó el Segundo Estatuto Político de la Provincia que ofició como Constitución. Este Estatuto creaba una Junta Superior Gubernativa de cinco propietarios y dos suplentes y prescribía un Parlamento bicameral que nombraba un jefe político, un intendente y un comandante general de Armas.Obregón Loría, Rafael (1966). El Poder Legislativo en Costa Rica. San José, Costa Rica: Asamblea Legislativa. Las dos cámaras del Parlamento eran una Asamblea de Representantes y un Consejo Representativo ambos de elección popular. El primero tenía iniciativa de ley, autoridad fiscal y construcción de infraestructura, el segundo funcionaba como una cámara alta con poder de sanción de leyes, asesoraría al Poder Ejecutivo, comisión de nombramientos y tribunal de ética para los funcionarios públicos.

El estatuto se mantendría vigente de mayo de 1823 a noviembre de 1824 cuando entraría en vigor la Bases de Constitución Federal al ser Costa Rica miembro de la Federación Centroamericana.

Referencias

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